NO PODRÁ VER A LA MENOR EN ESE TIEMPO

Condenan a casi cinco años de cárcel a una madre por amenazar con tirarse con su hija de dos años por la ventana

Comenzó a romper enseres y con un cuchillo amenazó al padre de la niña, que se vio obligado a huir del domicilio. En ese momento, cogió en brazos a la pequeña y se sentó en el alféizar de la ventana de la habitación, sacando las dos piernas por fuera sin sujetarse a ningún asidero al tener a la menor cogida con sus dos brazos por la cintura.

La Audiencia de Madrid ha condenado a casi cinco años de cárcel a una mujer que en una discusión de pareja se subió a una ventana de un tercer piso con su hija de 2 años y amenazó con tirarse, "a sabiendas de que, con su acción, existía un alto riesgo de caída con el consiguiente resultado mortal para la menor".

Así lo estima la sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid en una sentencia, en la que condena a Franchesca Masiel O.J., de origen chileno, a 4 años de prisión por un delito intentado de asesinato y a 9 meses por amenazas graves, concurriendo en ambos casos la atenuante de trastorno mental y la agravante de parentesco. Estas penas de prisión pueden ser sustituidas, propone el tribunal, por la expulsión de España durante 8 años de la acusada, a la que también se impone durante 5 años una orden de alejamiento de 500 metros de su hija, de la que también pierde la patria potestad durante el tiempo de condena.

La sentencia declara probado que la mujer, su pareja y la niña convivían en una habitación alquilada en Alcorcón (Madrid) cuando, el 2 de septiembre de 2016, discutieron y la acusada comenzó a romper enseres y con un cuchillo amenazó al padre de la niña, que se vio obligado a huir del domicilio. En ese momento, Franchesca cogió en brazos a la pequeña y se sentó en el alféizar de la ventana de la habitación, "sacando las dos piernas por fuera sin sujetarse a ningún asidero al tener a la menor cogida con sus dos brazos por la cintura, quedando las extremidades y la cara de la menor hacia el exterior".

Estuvo así al menos media hora, "tiempo en el que llegó a gritar varias veces que se iba a tirar, mirando hacia abajo donde se concentraba la gente atemorizada por si se lanzaba al vacío", "con grave riesgo para ella y su hija, a la que se pasaba de un brazo a otro, pudiendo ésta caer al vacío y causarle la muerte".

El padre de la niña dio aviso a la Policía Municipal y entró con los agentes en la vivienda. La mujer, al ver a los agentes, "hizo ademán de lanzarse al vacío con la menor brazos, echando el cuerpo hacia delante, a sabiendas de que, con su acción, existía un alto riesgo de caída con el consiguiente resultado mortal para la menor". La intervención de los agentes y también del abuelo de la menor, "determinó que la acusada girara hacia el interior de la habitación, momento que aprovecharon para agarrarla" y echarla sobre la cama "donde permaneció abrazada a la menor hasta la llegada del médico del SUMMA".

Según el tribunal, la acusada, que se encuentra en prisión desde ese día, "presenta un trastorno de personalidad límite con impulsividad e inestabilidad afectiva, que junto con los sentimientos y vivencias que aparecieron en el momento de la discusión, afectaron moderadamente su capacidad cognitiva y volitiva", de ahí que le aplique la atenuante de trastorno mental.

La mujer, que se definió como "madre coraje", alegó malos tratos de su pareja -que no han sido demostrados- y negó haber tenido la intención de lanzar a su hija al vacío porque si hubiera querido lo hubiera hecho, ya que nadie habría podido impedirlo. Sostuvo además que mantuvo a la menor en todo momento en la parte interior de la ventana, afirmación, señala la sentencia, que quedó desmentida por el visionado del vídeo grabado por un teléfono móvil en el que se aprecia un "grave riesgo de precipitación" de ambas, que provocó que se pusiera un colchón en el suelo "ante los amagos reiterados de la acusada de lanzarse".

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