LE GOLPEÓ POR LA ESPALDA CON UNA BARRA DE HIERRO
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a quince años de prisión al hombre acusado de matar con una barra de hierro a un amigo que sufría una discapacidad y tenía que desplazarse en silla de ruedas.
El magistrado ha dictado sentencia de acuerdo al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado el pasado 16 de febrero, al que se ha añadido la atenuante de confesión.
Según la sentencia, se considera probado que el acusado, que está privado de libertad desde el 5 de diciembre de 2014, se encontraba en la parcela de su amigo en Sant Joan de Moró, a la cual acudió para reclamarle 12.000 euros que le adeudaba.
Este le dijo que no le podía pagar porque no tenía dinero, lo que provocó que el acusado se marchara de la casa molesto por la situación. En torno a las 19 horas y tras coger una barra de hierro hueca de 124 centímetros de longitud que encontró por la parcela, se dirigió de nuevo hacia la vivienda y accedió a la misma, pues tenía llaves debido a la amistad que ambos tenían.
En ese momento y "aprovechando que la víctima era una persona minusválida que utilizaba silla de ruedas y que se encontraba viendo la televisión, de espaldas al acusado y careciendo de cualquier posibilidad de defensa, le asestó al menos cinco golpes con la barra de hierro en la región occipital, cervical posterior, espalda y cara lateral izquierda del cuello", lo que le provocó la muerte.
El acusado acudió posteriormente a la comisaría de la Policía Nacional de Castellón, donde confesó los hechos.
Durante el juicio el procesado explicó que se encontraba en una situación de "extrema pobreza" y que perdió los nervios porque su amigo, al que le reclamaba el dinero que necesitaba para vivir, se rió de él cuando se puso a llorar.
Sin embargo, aseguró que no tuvo intención de causarle la muerte, sino que solo quería asustarle para que "viera que iba en serio".
Según el juez los hechos son constitutivos de un delito de asesinato, en un caso en el que se produce el "desvalimiento" de la víctima porque no pudo evitar lo ocurrido tanto por su condición como por lo aislado de la parcela.