SENTENCIA DE LA AUDIENCIA DE SEVILLA

Condenan a 39 años de cárcel al hombre acusado de asesinato y violación en el Parque de María Luisa

La sentencia rechaza para el condenado, Francisco Morillo Suárez, la prisión permanente revisable, como pedían la Fiscalía y la acusación particular. El crimen se produjo la madrugada del 24 de febrero de 2016, y la víctima fue una mujer de 31 años que había ingerido fármacos con intención de suicidarse.

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 39 años de prisión a Francisco Morillo Suárez por un delito de asesinato y otro de violación cometido contra una mujer en el parque de María Luisa, y ha rechazado aplicarle la prisión permanente revisable, como pedían la Fiscalía y la acusación particular.

En la sentencia, notificada hoy, la sección primera de la Audiencia condena al hombre a 24 años de prisión por el asesinato y a otros 15 por la agresión sexual, aunque el límite de cumplimiento se establece en 30 años, y también le condena a pagar 100.000 euros a los padres de la víctima y 25.000 a la hermana. El crimen se produjo la madrugada del 24 de febrero de 2016 en el parque de María Luisa de Sevilla y la víctima fue una mujer de 31 años que había ingerido fármacos con intención de suicidarse, aunque la sentencia señala que la dosis no era letal y solo le provocó una somnolencia de la que se aprovechó el condenado, de 46 años, para violarla hasta la muerte.

Tras el asesinato, para cuya resolución fue clave la actuación de una limpiadora que recogió pruebas contra el condenado, la Fiscalía de Sevilla pidió por primera vez prisión permanente revisable, a lo que se adhirió el abogado de la familia de la víctima. El tribunal, sin embargo, explica que para la prisión permanente, el apartado 2 del artículo 140 del Código Penal exige que el asesinato fuera "subsiguiente" a un delito contra la libertad sexual, un término que califica de "ambiguo" y con "vaguedad semántica".

Por ello, el tribunal recoge que "algunos autores señalan que 'basta que medien dos horas entre un hecho y otro para que no se pueda apreciar esta circunstancia de agravación'" de la condena. "En este caso -continúa el tribunal- se ignora el tiempo que media entre la agresión sexual y el fallecimiento por la hemorragia derivada de las graves lesiones sufridas por la víctima".

Los hechos probados explican que el condenado "venía alimentando en privado fantasías sexuales visionando imágenes y vídeos de sexo explícito del tipo sadomasoquista relativas a violaciones múltiples y sometimiento de mujeres mediante penetraciones anales a través de determinadas páginas de internet".

La tarde del 23 de febrero, el condenado se fue al parque, lugar al que solía ir a espiar parejas y mantener encuentros sexuales, y encontró adormecida a Sara, una periodista que "decidió, como en otras ocasiones anteriores, reclamar la atención de sus familiares y amigos", por lo que se tomó las pastillas que seis días antes le recetó su psiquiatra. El condenado le agredió sexualmente, pero ante la "nula capacidad" de la mujer, aprovechó para "realizar las fantasías sexuales visionadas a través de imágenes y vídeos de internet para su propia satisfacción sexual".

Las agresiones le provocaron heridas mortales a la mujer, que sintió dolor porque las pastillas no eran analgésicas y tardó unas dos o tres horas en morir, según la sentencia. Luego la llevó a otro banco, la vistió, la tumbó en un banco como si estuviera dormida y se fue del parque a pesar de ver el abundante sangrado de la mujer, lo que le obligó a limpiarse con, al menos, catorce pañuelos, dos compresas y un jersey.

El tribunal añade que el acusado "acudió al parque con la intención reconocida de, si se daba la oportunidad, mantener un encuentro sexual y no con la intención de acabar con la vida de alguna persona". Sin embargo, "pudo representarse el resultado de muerte que finalmente se produjo" y no hizo nada para evitarlo, sino que intentó ocultar su actuación, lo que "casi consigue", concluye la sentencia.

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