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El Tribunal Supremo considera que la víctima sufrió "una grave alteración de su vida cotidiana"
El Tribunal Supremo ha condenado este lunes a un año de prisión por un delito de acoso a una mujer que envió a su cuñada 500 mensajes de WhatsApp y de SMS, entre agosto de 2015 y mayo de 2016, al considerar que con sus actos produjo una grave alteración en la vida cotidiana de la víctima.
La Sala ha estimado el recurso de casación interpuesto por la acusación particular, ejercida por la víctima, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a la acusada por un delito leve de coacciones a una multa de 450 euros por entender que no se había probado las consecuencias que el acoso tuvo en la vida cotidiana de la mujer.
La sentencia recurrida anuló la dictada por el juzgado de lo Penal de Pontevedra que sí consideró que esos actos constituían un delito de acoso, por lo que condenó a la acusada a un año de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima.
Acoso en plena calle
La sentencia del juzgado considera probado que la víctima llegó a recibir en un día más de 20 mensajes de acoso vía WhatsApp y que soportó los seguimientos por la calle que, en varias ocasiones, le hizo la acusada, además de recibir alguna llamada de teléfono de ella.
Como consecuencia, según los hechos probados, se vio sometida a una situación de angustia, teniendo que salir a la calle acompañada, y plateándose la posibilidad de renunciar a una oferta de empleo a pesar de llevar un tiempo desempleada, viviendo atemorizada, de modo que tuvo que cambiar sus hábitos de vida.
El Tribunal Supremo en su sentencia -ponencia del magistrado Vicente Magro y con el informe favorable del Ministerio Fiscal- afirma que de los hechos probados fluye directamente que en una persona media estos actos de acoso alteran gravemente la vida de la víctima.