Sevilla
Las víctimas se han quedado en 'shock' tras conocer que el hombre quiere cambiar de sexo. Sin embargo, la 'ley trans' blinda a las víctimas si su agresor cambia de sexo.
Un hombre de Sevilla condenado por maltratar a dos exnovias ha pedido al Gobierno el indulto. Lo ha hecho después de pedir el cambio de sexo. El condenado llegó a ser novio de las dos al mismo tiempo. Las dos lo denunciaron por malos tratos y dos juzgados de lo Penal de Sevilla le dictaron condena. Sin embargo, para evitar entrar en la cárcel este hombre ha decidido que podía cambiarse de sexo y pedir el indulto.
Fue al Registro Civil y pidió el cambio de sexo. Ha alegado al Ejecutivo que los malos tratos hacia las dos mujeres se debían a un "trauma que tenía por sentirse mujer". El maltratador ha sido condenado a 40 meses de cárcel. Intentó zafarse por todos los medios. Primero recurrió al Tribunal Supremo (TS), luego pidió la suspensión de la pena privativa de libertad pero no se la aceptaron. Ahora pide el cambio de sexo porque dice que se siente mujer.
Antonio quiere pasar a llamarse Milan. "Es muy posesivo. No quería que viese a ningún chico", dice una de las maltratadas. Las dos víctimas se sienten desprotegidas. "Es surrealista. No sabemos a quién recurrir, a quién buscar ayuda. Vamos yo me siento totalmente desamparada. Se siente pánico. No es miedo es pánico", declaraba la otra de las víctimas.
"Me quedo en shock que esta persona en julio decide ir al Registro Civil. A día de hoy, cualquier persona puede ir al registro sin ningún tipo de problema, dice que se siente mujer o hombre sin ningún tipo de examen", comenta una de ellas. "En ningún momento esta persona da indicios de que se sienta así. Es una persona homófoba y sexista", añadía. La otra mujer afirma que es "el típico machito de gimnasio obsesivo".
En el artículo 43 de la 'ley trans' podemos leer que "toda persona mayor de 16 años de nacionalidad española podrá solicitar en el Registro Civil el cambio registral de su sexo, sin que sea necesario para ello presentar informes médicos o psicológicos ni someterse a un proceso médico de cambio de sexo".
Sin embargo, 'ley trans' blinda a las víctimas si su agresor se cambia de sexo: "La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género". Si tiene una condena por violencia machista no podrá eludir la condena.