Delito de abuso sexual continuado
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a doce años de prisión, como "responsable criminalmente, en concepto de autor, de un delito de abuso sexual continuado", a un hombre que abusó de su nieta durante ocho años, desde que ésta tenía cinco y hasta que cumplió los 13 años de edad, al valerse de "la relación de parentesco con la víctima". Así lo recoge el fallo de dicha sentencia, a la que ha accedido Europa Press, mediante la que también se condena a este hombre, de unos 70 años de edad, a "inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena", imponiéndole, igualmente, "la prohibición de aproximarse durante el tiempo de la condena a una distancia inferior a los 500 metros o a comunicarse" con la menor, que ahora tiene unos 16 años, ni aproximarse a su domicilio a menos de 500 metros "durante trece años".
La Audiencia cordobesa también ha condenado al acusado, que puede recurrir esta sentencia en casación ante el Tribunal Supremo, a indeminizar a su nieta "en la suma de 20.000 euros, cantidad que devengará los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hasta su completo pago, así como al pago de las costas procesales, incluidas las de la Acusación Particular".
La sentencia ha considerado probados los hechos planteados en su momento por la Fiscalía, en cuya calificación relató que la menor y su hermano, cuando eran pequeños, vivían en otra provincia distinta a la de Córdoba "con su madre y su pareja, que no es padre de los menores", si bien debido a que la mujer y el hombre "trabajaban por la mañana y parte de la noche de lunes a sábado", ella dejaba a sus dos hijos al cuidado de sus padres en el domicilio de estos.
Durante los días que los menores dormían en casa de sus abuelos, "la menor solía dormir con su abuelo en la misma habitación y su hermano con su abuela". De este modo, el ya condenado, "desde fecha no determinada, pero al menos desde que su nieta tenía cinco años, aprovechando que la pequeña dormía por las noches con él y que se hallaban solos en la misma habitación, en un número indeterminado de ocasiones, cuando comprobaba que todos estaban dormidos, guiado por evidente ánimo libidinoso" le realizaba tocamientos.
Según el fiscal y ahora también la sentencia, en sus hechos probados, la situación "se repitió prácticamente cada noche hasta que ella cumplió los ocho años", momento en que la pequeña junto con su madre y hermano, y la pareja de su madre, se trasladaron a vivir a una localidad cordobesa. Posteriormente, el ya condenado y su esposa, al no poder seguir viviendo en la casa que habitaban "por problemas económicos", se trasladaron a vivir a dicho municipio a una casa que les alquiló su hija. Pero como ella y su marido tenían un local, habían tenido otro hijo y trabajaban hasta altas horas de la noche, el acusado y su esposa pasaban las noches en casa de su hija, para cuidar a sus nietos.
El supuesto comportamiento del procesado continuó hasta junio de 2011, hasta que una noche, sobre las 0.00 horas, la menor se fue a su cama para dormir y pasados unos minutos, "una vez más, guiado por igual ánimo, llegó a dicha habitación" su abuelo. Ella comenzó a llorar e insistentemente le dijo que la dejase, pero el acusado "hizo caso omiso hasta que oyó ruido", por lo que rápidamente se marchó a su habitación.
La madre de la niña llegó antes a casa y oyó pasos en la parte de arriba, ante ello, "extrañada", subió al dormitorio de su hija. Vio a la menor "tumbada boca abajo en su cama y llorando", por lo que le preguntó qué le pasaba y le contó "todo lo que ocurría con el acusado". Cuando la madre, "aterrada y enfurecida", "al parecer, también ella había vivido de niña situaciones similares", fue a la habitación de su padre, que "se hacía el dormido", y seguidamente llamó a su marido al que contó lo ocurrido.
La misma noche en la que los padres de la menor eran conocedores de los hechos "echaron al procesado de casa y horas después la pareja de la madre llevó al acusado hasta el Aeropuerto de Granada". La menor, "pese a los años en los que el procesado le estuvo realizando los tocamientos, nunca antes se había atrevido a contarlo a su madre, ante el miedo de que su abuelo le agrediese". Así, en diciembre de 2013, la niña, con 15 años de edad, acompañada de su madre, acudió al centro de salud de la localidad y solicitó ayuda psicológica del equipo de Salud Mental y contó lo sucedido.
Asimismo, la menor lo puso en conocimiento de un trabajador social, quien en diciembre de 2013 elaboró un informe que remitió al Servicio de Prevención y Apoyo a la Familia de la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social la Junta en Córdoba. Finalmente, la madre interpuso una denuncia, algo que no hizo con anterioridad ante "la insistencia de su hija de que no lo hiciese".