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Concluye el plazo sin que nadie retire su pierna amputada del Hospital de Bidasoa... ¿qué pasará ahora?

Una empresa funeraria se hará cargo de los restos y el paciente será multado. La multa que se le impone por no recoger los restos ronda en torno a los 500 euros.

Imagen del Hospital Comarcal de BidasoaAntena 3

El pasado 6 de septiembre, el Hospital de Bidasoa en Guipúzcoa iba a pedir al dueño de una extremidad amputada que se hiciera responsable de ella. Además, se recogió en el Boletín Oficial del País Vasco, publicando una notificación en donde instaba al interesado a recoger y gestionar adecuadamente "sus restos" humanos. Pues bien, ahora el plazo de diez días para la retirada de la pierna ha llegado a su fin. El paciente no ha recogido el miembro amputado, por lo que el hospital comarcal ha puesto el caso en manos de su central para que actúen bajo el procedimiento establecido.

La retirada de restos amputados debe ser gestionada por el paciente, a través de una empresa funeraria que se hace cargo de su enterramiento o incineración. Esto tiene un coste para el interesado. Y es que en este caso, el interesado no ha realizado la retirada, por lo que el centro se tendría que poner en contacto con una funeraria autorizada para que se hagan cargo de su debida inhumación o incineración.

Se trata de una práctica de la que más de uno se ha aprovechado, ya que la multa que se les interpone por no retirar los restos es menor a lo que una funeraria puede cobrarles por proceder debidamente. Por lo tanto, a partir de ahora, tal y como indica la legislación estatal, se abrirá un expediente sancionador y se emprenderá la "ejecución forzosa y a su costa" del tratamiento de los restos.

Para enterrar ese miembro en un cementerio es necesario un parte de defunción de la parte del cuerpo amputada, por lo que la mayoría suele optar por la incineración. Ambos procedimientos tienen un coste para el interesado, que es mayor que la multa que se le impone por no recoger los restos y que ronda en torno a los 500 euros. En ocasiones, hay quien opta por no cumplir con la legislación y asumir una sanción más económica.

El coste de incineración de un brazo o una pierna puede rondar los 1.500 euros, mientras que la de una persona fallecida cuesta alrededor de 2.900 euros. En este último se incluye el precio de la incineración, el traslado, la recogida, la documentación y la cámara de refrigeración. Posteriormente existen dos opciones, o recoger las cenizas en una urna o renunciar a ellas y dejarlas en el propio tanatorio.

También existe la opción de enterrar el miembro amputado en un panteón, lo que hará que el presupuesto varíe dependiendo del Ayuntamiento.

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