MEDIANTE UN FORMULARIO

¿Cómo detecta la Guardia Civil si estás conduciendo bajo los efectos del alcohol y las drogas?

El aspecto externo y motóricos, la capacidad de reacción o la actitud y comportamiento son algunos que los agentes tienen en cuenta a la hora de saber si un conductor viaja bajo los efectos del alcohol y la drogas.

El fiscal general de seguridad vial ha enviado una orden a las Jefaturas Provinciales de Tráfico con la que se permite a los agentes grabar a los conductores que tengan síntomas de haber ingerido alcohol o drogas, aunque estas grabaciones chocarían con la Ley de Protección de Datos.

Los agentes de Tráfico se basan en un formulario original adaptado, no solo al consumo de alcohol también de drogas que se divide en varios puntos:

-Actitud y comportamiento. El agente toma nota del "dominio del idioma", es decir, si entiende y si responde claramente a lo que se le pregunta. También se tiene en cuenta si colabora de forma voluntaria y como se comporta, si es agresivo física o verbalmente y si presenta euforia o adormilamiento.

-Aspecto externo. Se observa si el conductor tiene heridas, "si se rasca constantemente", tiene "sudoración inapropiada" o "respiración superficial". El color de la cara también puede ser un signo de embriaguez, si su color de cara es pálido o demasiado rojiza.

También debe prestar atención al olor: si presenta alitosis o desprende olor a cannabis, o si "esnifa constantemente".

-Habla y expresión verbal. El documento oficial reconoce como síntomas de haber bebido o consumido drogas que el conductor hable de forma “titubeante”, “pastosa”, que tarde mucho en responder las preguntas y/o lo haga de forma demasiado lenta o con un volumen elevado.

-Orientación temporal, espacial y personal. Preguntas sencillas sobre la hora, el día de la semana, el origen del desplazamiento y la edad.

-Aspectos motóricos. Este apartado pretende evaluar la coordinación y la deambulación. No poder mantenerse en pie puede ser un síntoma de que el conductor ha tomado alcohol. Que pierda el equilibrio, que sus movimientos sean excesivamente rápidos o todo lo contrario… El agente podrá pedir que el conductor camine en línea recta para valorar si se desvía en exceso hacia un lado, si utiliza los brazos para mantener el equilibrio o si gira de forma incorrecta.

-Capacidad de reacción, atención y concentración. No es una broma si el agente de tráfico te pide que cuentes de dos en dos hasta 20 dígitos, que cuentes desde 20 hacia atrás de tres en tres (20, 17, 14…) y que leas la siguiente serie de letras dando un golpecito con la mano cuando digas la letra ‘A’: F BACM N AAJ KL BAF AKDEAAAKAM O F AAB. Dos o más errores en cualquiera de estas pruebas son un signo de consumo.

-Percepción visual y auditiva. Ver alucinaciones, voces "que no son viables en ese momento", tener los ojos brillantes o vidriosos, nistagmo (un movimiento ocular excesivamente rápido) y el diámetro de la púpila, son algunos puntos a tener en cuenta a la hora de evaluar si el conductor está bajo los efectos del alcohol o las drogas.

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