Teletrabajo
La nueva ley endurecerá las sanciones por infracciones laborales hasta en un millón de euros y se establecerá la voluntariedad.
El Congreso ha aprobado este martes la nueva ley de trabajo a distancia, que endurecerá hasta un 20% las sanciones por infracciones en materia laboral que impone la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, hasta casi un millón de euros.
La ley ha sido enviada al Senado sin ningún voto en contra. Los partidos de PSOE, PP, Unidas Podemos, ERC, Cs, PNV, EH-Bildu, PDeCAT han respaldado el proyecto mientras que Vox se ha abstenido.
La nueva ley incluirá cuatro enmiendas de ERC dirigidas a la regulación del trabajo a distancia por parte de personas con discapacidad, con el fin de asegurar que los medios, equipos y herramientas sean universalmente accesibles para evitar su exclusión, y que esta accesibilidad forme parte de la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
También otra enmienda para considerar al domicilio de referencia el que figure en el contrato de trabajo o, en su defecto, el de la empresa o centro o lugar físico de trabajo a la hora de considerar la autoridad laboral competente y los servicios y programas públicos de fomento del empleo aplicables.
También se expone la voluntariedad del trabajo a distancia en el apartado 1 del articulo 5 de la ley: "El trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia regulado en esta Ley, que podrá formar parte del contrato inicial o realizarse en un momento posterior, sin que pueda ser impuesto en aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, todo ello sin perjuicio del derecho al trabajo a distancia que pueda reconocer la legislación o la negociación colectiva".
Trabajo a distancia, teletrabajo o presencialidad
A los efectos de lo establecido en la Ley, se entenderá por "trabajo a distancia": forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral conforme a la cual esta se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar elegido por esta; durante toda su jornada o parte de ella, con carácter regular.
El teletrabajo será aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación. Y el trabajo presencial estará definido como aquel trabajo que se presta en el centro de trabajo o en el lugar determinado por la empresa.
Claves de la nueva ley
El teletrabajo será voluntario y habrá infracciones sanciones. Una de las modificaciones que ha introducido el PSOE y Unidas Podemos es referente a las multas de la Inspección de Trabajo pueden llegar a los 983.736 euros, un 20% de lo que había hasta ahora porque aseguran que no se había revisado desde 2007.
Se estima que es teletrabajo cuando el empleado realiza a distancia al menos el 30% de la jornada laboral o el porcentaje proporcional equivalente de la duración de su contrato.
¿Quién se hace cargo de los gastos?
Será la empresa la que tenga que sufragar el coste y compensar el desarrollo del teletrabajo. El trabajador no tendrá que asumir gastos adicionales relacionados con equipos, herramientas o medios para el desarrollo de su actividad laboral.
Mientras dure la situación excepcional por la pandemia, se seguirá aplicando la normativa laboral ordinaria.
¿Habrá diferencias entre teletrabajo y el trabajo presencial?
No. Los trabajadores tendrán los mismos derechos independiente de la modalidad en que realicen su trabajo. Tendrán las mismas condiciones, el derecho a formación, la estabilidad, la retribución.