Adornos navideños
Las autoridades han hecho un llamamiento a la población para que en estas fiestas navideñas tome conciencia de la importancia de respetar el ecosistema y no llevar a la práctica determinadas actuaciones que pongan en peligro algunas especies protegidas de nuestros montes.
Este es el caso del musgo, el tejo o el acebo, tres plantas muy utilizadas en la elaboración de adornos navideños, cuya recogida no autorizada puede alcanzar sanciones de hasta 2.000 euros en la Comunidad de Madrid. El Gobierno regional ha recordado que si se quieren utilizar esas especies, hay que comprarlas en viveros, pero no se pueden coger del campo.
El Cuerpo de Agentes Forestales es el responsable de vigilar y proteger el medio natural, así como de informar a los ciudadanos sobre su uso, disfrute y conservación. Por ello, han formulado una serie de recomendaciones dirigidas a los madrileños, para que puedan disfrutar del campo en estos días y recoger materiales para adornos navideños, sin producir daños medioambientales.
Así, recuerdan que para plantar cualquier especie en terreno forestal es necesaria una autorización de la Comunidad de Madrid. Además, en el caso de los espacios protegidos se exige una autorización específica de la Administración correspondiente. Este permiso nunca puede darse para los abetos, que son los árboles utilizados generalmente como árbol de Navidad, porque no es una especie autóctona de la Comunidad de Madrid. Asimismo, recuerdan que no se debe introducir en el monte madrileño especies no autóctonas, ya que se puede crear un desequilibrio en el ecosistema.
En el mes de diciembre es frecuente que la gente vaya al campo y recoja material vegetal para adornar la casa, el belén o el árbol de Navidad, pero esto no se puede hacer de forma indiscriminada, sino que hay que respetar una serie de reglas.
Se pueden recoger piñas, ramas, cortezas o piedras, siempre que sean para consumo propio y no para vender, tal y como advierten los agentes forestales. Además, el terreno donde se obtengan esos materiales debe ser público. Si se quiere obtener algún material en terrenos privados, hay que contar con permiso del propietario.