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Atentados en Cataluña

La Audiencia Nacional rebaja 10 años de cárcel a dos miembros de la célula yihadista que cometió los atentados en Cataluña

La Sala de Apelación de la AN ratifica los ocho años de cárcel impuestos al tercer acusado.

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional (AN) ha rebajado de 53 a 43 años de cárcel la pena a Mohamed Houli, y de 46 a 36 años a Dris Oukabir. Ambos han sido condenados por delitos como pertenencia a organización terrorista por pertenecer a la célula yihadista que perpetró los atentados en Barcelona y Cambrils el 17 de agosto de 2017.

Asimismo, ha ratificado los ocho años de cárcel impuestos al tercer acusado, Said Ben Iazza, por colaboración con organización terrorista. La AN fijó el límite de cumplimiento máximo en los 20 años de prisión.

Tal y como ocurrió con la sentencia de la sección tercera de lo Penal, los magistrados han descartado condenar a los tres acusados por los 16 asesinatos perpetrados por el resto de miembros de la organización terrorista en las Ramblas de Barcelona y en el paseo marítimo de Cambrils.

La acusación pedía la condena por los asesinatos, pero la Sala ha considerado que no disponían de conocimiento ni participaron en los atentados.

Condenados por pertenencia a la organización terrorista

EL 10 de octubre de 2018, el juez Fernando Andreu procesó a los tres integrantes alegando que junto a los otros siete terroristas muertos en Cambrils, Alcanar y Subirats, constituyeron un grupo terrorista a partir de 2015 bajo la dirección espiritual del imán Abdelbaki Es Satti, fallecido en la explosión de Alcanar.

Es Satty, según el relato de los hechos, se dedicó a adoctrinar a los miembros de la célula, todos jóvenes residentes en la localidad de Ripoll, hermanos o conocidos desde la infancia.

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