EUTANASIA
La defensa de Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su esposa enferma terminal de esclerosis, María José Carrasco, llevará al Tribunal Supremo la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de mantener en un juzgado de Violencia sobre la Mujer la investigación del supuesto suicidio asistido.
La letrada de Hernández, Olatz Alberdi, ha asegurado que interpondrá un recurso extraordinario de casación contra el auto de la Audiencia Provincial de Madrid, que ha entendido que aún faltan pruebas para concluir que no se trate de un caso de violencia machista.
Alberdi ha mostrado su "sorpresa" por esta resolución y, sobre todo, le ha "llamado la atención" que los magistrados reconozcan que no han tenido acceso a ciertas pruebas, como lápiz de memoria con las imágenes en las que Carrasco manifiesta su deseo de morir y el consentimiento expreso a ingerir una sustancia. Eso es algo "a tener en cuenta" y que merece que la resolución, contra la que no cabe recurso ordinario, sea vista por el Supremo.
"Seguimos defendiendo el mismo criterio que teníamos, y es que no existe violencia aquí, que es un requisito fundamental para que el tema se conozca por un juzgado de violencia de género. Nos chirría que sea así: es un acto más de amor y solidaridad o como le queramos llamar que de violencia", ha zanjado.
La investigación del suicidio asistido de María José Carrasco, ocurrido el pasado 3 de abril, la asumió en un principio el Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, que optó por inhibirse en el de Violencia sobre la Mujer. Sin embargo, la titular de éste rechazó asumirla justificando que la solicitud que la fallecida expresó a su marido "de forma seria e inequívoca" de poner fin a su vida convierte este presunto delito en excepción respecto a las conductas recogidas en la ley integral de violencia sobre la mujer.
La Audiencia de Madrid ha entendido que estos argumentos para rechazar el caso no se pueden compartir, pues faltan pruebas que permitan concluir que la muerte de María José no fue, como sostenía la magistrada, un caso de violencia de género. Por ello, concluye que "no puede más que aplicar" la ley que otorga la competencia a los juzgados de violencia machista para este tipo de casos, pues "no concurre en este momento procesal y de forma notoria" la causa de exclusión que mantenía la magistrada para no continuar con el procedimiento.