Mascarilla
Este sábado la mascarilla dejará de ser obligatoria en exteriores, pero existen algunas excepciones sobre su uso y, en caso de no llevarla, esto podría suponer una multa.
A partir de este sábado, los españoles decimos adiós a las mascarillas en exteriores. Esta norma, que el Consejo de Ministros aprueba este jueves, tiene una serie de excepciones que ya ha explicado la ministra de Sanidad, Carolina Darias.
Nos podremos quitar la mascarilla, un elemento de protección del que no nos hemos podido separar durante un año, "siempre y cuando se respete una distancia de seguridad de metro y medio", apuntaba la ministra.
De lo que no nos podremos olvidar es de llevarla en el bolsillo aunque desde el Gobierno aún no se ha aclarado si esto se trata de una obligación o una recomendación, por lo que aún se desconoce si esto conllevará multas.
La nueva normativa deroga un único artículo de la ley 2/2021 de 29 de marzo, que obligaba a llevar la mascarilla en exteriores, incluso cuando hubiese distancia de seguridad. Y dado que es una ley de ámbito nacional es aplicable a todos los territorios.
Los espacios donde no te librarás de llevar la mascarilla
La mascarilla seguirá siendo obligatoria en espacios cerrados públicos, como puede ser una biblioteca, al igual que en espacios cerrados de uso público, como las farmacias, los supermercados o centros comerciales.
En los transportes públicos, tanto en avión, autobús o metro, también será obligatorio llevar este elemento de protección frene al coronavirus.
En lo que respecta a eventos multitudinarios, como por ejemplo un concierto, la mascarilla también será obligatoria aunque, si ese evento es sentado y se respeta el 1,5 metro de distancia, no lo será.
Algo enrevesada es la norma en las residencias y espacios institucionalizados: no será obligatoria en este tipo de espacios en los que el 80% de la población esté vacunada, pero sí lo será para los trabajadores de esos centros y las visitas. Lo mismo ocurrirá en servicios esenciales, como por ejemplo un parque de bomberos, que no tendrán que llevarla en sus guardias si el 80 por ciento está inmunizado.
De cara al verano, otro de los espacios que interesa es qué pasa en los cruceros. La mascarilla no será obligatoria para los pasajeros de barcos y buques solo cuando se encuentren en su camarote y tampoco cuando estén en cubierta y respete la distancia, en el resto de espacios sí habrá que llevarla puesta.
¿Te multarán si no llevas la mascarilla?
A partir de este sábado, las mascarillas ya no serán obligatorias en exteriores siempre que se cumpla la distancia de seguridad de 1,5 metros, pero tendremos que llevarla en el bolsillo por si acaso.
Habrá que tener a mano una mascarilla por si vas por la calle y deja de cumplirse una distancia de seguridad frente al covid. En caso de que se de esta situación, la mascarilla sí debe utilizarse al aire libre aunque, de momento, Sanidad no ha aclarado si no llevarla supondrá una multa.
Tampoco el Gobierno ha aclarado si llevar la mascarilla en el bolsillo es obligatorio o tan solo una recomendación, por lo que también se desconoce si no llevarla puede suponer una multa.
Antes de aprobarse esta ley, la multa por no llevar puesta la mascarilla rondaba los 100 euros. Pero si se trataba deuna infracción grave, recogida en el artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, la sanción podía ir desde los 601 euros y los 30.000.