EN VIRTUD DEL PRINCIPIO ACUSATORIO Y EL DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

Absueltos los 'ocho de Airbus' acusados de delitos contra los derechos de los trabajadores

El juzgado de lo Penal número 1 de Getafe ha absuelto a estos ocho sindicalistas a los que se les pedía una pena de más de sesenta años de cárcel, por los hechos ocurridos durante una huelga general en 2010 a las puertas de la empresa Airbus.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe ha absuelto a los ocho sindicalistas conocidos como los 'ocho de Airbus', acusados de delitos contra los derechos de los trabajadores, atentado y lesiones, por los que se les pedía una pena de más de sesenta años de cárcel, por los hechos acaecidos durante la huelga general de 2010 a las puertas de la empresa Airbus.

El juicio del caso conocido como 'los ocho de Airbus' se celebró entre los días 9 y 12 de este mes de febrero y la sentencia establece que dos de los acusados quedan absueltos en virtud del principio acusatorio, y los otros seis por aplicación del principio de presunción de inocencia.

Según consta en la resolución firmada por el magistrado titular del juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe, la presunción de inocencia es la primera y principal garantía que el procedimiento penal otorga al ciudadano acusado, y este principio se vulnera cuando se condena a alguna persona sin pruebas.

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