Coronavirus

¿A que multas o condenas se enfrentan los padres por ley si no llevan a sus hijos al colegio por la pandemia de coronavirus?

Son muchos los padres que ante la situación de incertidumbre sanitaria por los rebrotes de coronavirus amenazan con no llevar a sus hijos al colegio.Repasamos a qué multas o delitos se pueden enfrentar si la ausencia de los niños es reiterada.

En este inicio de curso escolar marcado por el coronavirus son cada vez más los padres que se muestran "rebeldes" con la vuelta de sus hijos a las aulas. Dicen estar preocupados por el alto índice de contagios y creen que las medidas adoptadas por las administraciones no hacen de los colegios "un espacio seguro".

El absentismo escolar tiene consecuencias legales

El no llevar a los niños a los centros escolares de forma reiterada e injustificada tiene sus consecuencias legales.

La educación es obligatoria en España desde los 6 hasta los 16 años. Por tanto si un niño, menor o mayor de esa edad, no acude a clase no hay castigo para los padres.

El castigo para los padres

Sin embargo, durante la etapa obligatoria de primaria y secundaria si el absentismo es reiterado y no se justifica la justicia puede actuar.

Es cierto que por la crisis del coronavirus pueden colisionar dos derechos fundamentales del niño: el derecho a ser educado y el derecho a la salud.

También los padres tienen derecho a un entorno de salud adecuada y por eso, muchos de ellos se plantean si con la situación de la pandemia van a llevar a sus hijos al colegio.

¿Qúe dice el Código Penal? ¿Y el Civil?

El Código Penal dice que :"El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad podría tener penas de prisión de tres a 6 meses o multa de 6 meses a un año".

Según el Código Civil la patria potestad es:"Velar por los niños, acompañarles, alimentarles, educarles y procurarles la mejor formación integral".

Por tanto, los padres que no lleven a sus hijos al colegio se pueden enfrentar a una falta administrativa, es decir, una multa o se pueden enfrentar a un delito si la ausencia del niño se prolonga en el tiempo.

Así que si un padre tiene miedo al Covid-19 se puede considerar un hecho reprobable pero no punible. En cambio, si es por desatención o dejadez entonces si sería condenable.

La Fiscalía advierte

La Fiscalía General del Estado ya ha anunciado que perseguirá a aquellos que no justifiquen la ausencia de sus hijos. Si el alumno falta a más del 20% de las clases, los padres -en los casos más extremos- se podrían enfrentrar a la retirada de la potestad de sus hijos e incluso a penas de cárcel.

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