Valencia
El hombre sufría fuertes dolores y reclamó varias veces su cita con el urólogo. Más de un año y medio después de su primera consulta en el ambulatorio, le diagnosticaron un grave cáncer de próstata.
Un vecino de Valencia tuvo que esperar casi un año y medio para ser atendido por un urólogo pese a sufrir dolores constantes en la zona de la próstata. Cuando finalmente fue explorado, el diagnóstico reveló un cáncer de próstata grave que requirió radioterapia y castración química para frenar el avance del tumor.
Una demora ante la que el enfermo denuncia que hubo "desorganización, falta de compromiso, negligencia, descoordinación entre servicios, falta de control de tiempos en la gestión de las citas, errores y fallos" en el hospital donde fue tratado.
Según ha publicado el diario Las Provincias, el caso ha sido analizado por el Consell Jurídic Consultiu (CJC), órgano consultivo de la Generalitat Valenciana, que califica la situación como una "demora injustificable" e insta a Sanidad a indemnizar al paciente con 3.000 euros.
El paciente fue a su médico del centro de salud con dolor en la zona de la próstata en enero de 2022 y esta, tras una analítica, lo derivó al especialista. Pero el urólogo del hospital no lo atendió hasta mayo de 2023, es decir, 514 días después de la primera propuesta de la facultativa. Un total de un año y cuatro meses de espera.
En todo ese tiempo, mientras los dolores eran constantes, el paciente acudió en varias ocasiones a la facultativa del centro de salud para reclamar la interconsulta con el urólogo. Hasta que finalmente, ante la molestia que sentía y la falta de contacto por parte del hospital, el valenciano decidió personarse en el centro médico para explicar su situación. Allí logro cerrar una cita para el 23 de mayo con el especialista en urología.
El urólogo solicitó una ecografía y un análisis y lo volvió a citar para junio, un mes después. Posteriormente, en el hospital le programaron una biopsia para el 19 de julio, pero no se realizó, y le dieron cita para el 25 de octubre. Una situación que motivó que el paciente presentara una queja formal al Servicio de Atención al Paciente.
La biopsia, finalmente realizada en octubre de 2023, confirmó un cáncer de próstata grave, considerado avanzado y de alto riesgo. Ante el diagnostico, los servicios sanitarios recomendaron radioterapia y castración química, tratamientos que se llevaron a cabo en el IVO (Instituto Valenciano de Oncología) y concluyeron el 12 de enero de 2024.
Los informes médicos incluidos en el expediente señalan que la demora se debió a "falta de recursos de personal", aunque la Inspección de Servicios Sanitarios deja claro que "no le han perjudicado en cuanto a pérdida de oportunidad en la atención a su problema de salud pues no se ha visto afectado el pronóstico de su enfermedad". A pesar de ello, estos archivos también señalan que si que se notificó al paciente a través de cartas, pero el hombre asegura que nunca le llegaron, ante lo que los médicos indican que desconocen el motivo.
En la misma línea, el informe de Promede (Profesionales de la Medicina y el Derecho) concluye que "la demora no influyó en el pronóstico oncológico del paciente". "Desde el punto de vista estrictamente médico se cumplió con la ley", añade.
"La Administración no puede ampararse en un presunto desconocimiento de las causas de la demora para justificar su retraso. Había otros medios de contacto, como sostiene el reclamante", expone el Consell en relación a la notificación presuntamente enviada.
El paciente solicitaba una indemnización de 36.237 euros, ya que aseguraba que la espera le generó "depresión, angustia, ansiedad, insomnio, molestias urinarias y riesgo acumulado por la falta de prevención, que determinaron un diagnóstico más grave de lo debido". Sin embargo, el CJC determinó que la compensación adecuada era de 3.000 euros, atendiendo a los informes médicos y a la jurisprudencia vigente.
El dictamen recuerda que, según el Tribunal Supremo, "no resulta suficiente la existencia de una lesión si no es posible atribuir la lesión o secuelas a una o varias infracciones de la ley" y que "no cabe apreciar la infracción que se articula por muy triste que sea el resultado producido".
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