EL ACTO ESTÁ AMPARADO POR LA CONSTITUCIÓN
El tribunal de apelación de Richmond, en Virginia, ha rechazado el veredicto de un tribunal inferior que había considerado que pulsar el botón con el pulgar hacia arriba en la red social no constituía una "expresión real" y por tanto no debía englobarse en la libertad de expresión.
Es equivalente a colocar una pancarta política en nuestra casa
Dar 'me gusta' "es el equivalente en Internet de colocar una pancarta política en el patio de nuestra casa, algo que el Tribunal Supremo ha considerado como "discurso real", han afirmado los tres magistrados del tribunal en su sentencia de 81 páginas, según informa el 'Washington Post'.
La sentencia tiene su origen en una denuncia presentada por varios empleados del sheriff de Hampton, uno de los cuales denunció que había sido despedido por dar 'me gusta' en la página de campaña del rival de su jefe. Este demandante, a la sazón vicesheriff, argumentó en 2011 que su despido violó sus derechos en virtud de la Primera Enmienda.
Sin embargo, un juez de distrito rechazó la denuncia, argumentando que respaldar a alguien a través de Facebook no puede incluirse dentro de las declaraciones o afirmaciones protegidas por la libertad de expresión. El magistrado consideró que el demandante debería haberse expresado realmente para poder hacer esa alegación.