CONTRA MUSULMANES DE SEIS PAÍSES

El Gobierno de Trump recurrirá al Supremo en el fallo de Hawái sobre el veto migratorio

El Gobierno de Donald Trump recurrirá, después de que un juez permitiera al estado de Hawái no seguir al pie de la letra las directrices de la orden ejecutiva que afecta a ciudadanos de seis países de mayoría musulmana: Irán, Libia, Siria, Somalia, Sudán y Yemen.

El fiscal general de Estados Unidos, Jeff Sessions, ha anunciado este viernes que el Gobierno de Donald Trump volverá a llevar "a regañadientes" su veto migratorio al Tribunal Supremo, después de que un juez permitiera al estado de Hawái no seguir al pie de la letra las directrices de la orden ejecutiva que afecta a ciudadanos de seis países de mayoría musulmana --Irán, Libia, Siria, Somalia, Sudán y Yemen--.

En un comunicado difundido por el Departamento de Justicia, Sessions ha asegurado que "una vez más", el Gobierno se enfrenta a una situación "en la que un único tribunal de distrito socava una medida judicial que afecta a todo el territorio nacional" para "microgestionar" decisiones relacionadas con la seguridad nacional.

En concreto, el fiscal general se refiere al documento de 26 páginas presentado por el juez federal del distrito de Honolulu, en Hawái, que sostiene que incluir a abuelos y otros familiares en el concepto de 'familia cercana' del veto migratorio de Trump es una medida "necesaria". Con esta decisión, Sessions ha asegurado que "se mina la seguridad nacional, se retrasa una acción necesaria, se crea confusión y se viola el respeto adecuado de la separación de poderes".

"El Tribunal Supremo tiene que corregir a este tribunal menor una vez más, y ahora tendremos que regresar, a regañadientes, al Supremo para reivindicar de nuevo el estado de derecho y la tarea del Poder Ejecutivo de proteger a la nación", ha concluido. El Tribunal Supremo admitió a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra la suspensión judicial del decreto, restaurando así partes del veto migratorio y para refugiados. Hawái argumentó que el Gobierno de Trump ha interpretado el fallo de forma demasiado estricta.

Tras entrar en vigor, el Departamento de Estado comunicó a su red de embajadas los criterios que deberán cumplir los que soliciten entrada al país, entre los que se encuentra la exigencia de tener una relación familiar estrecha o vínculos formales con alguna entidad estadounidense para poder ser admitido.

El texto, al que pudo acceder Reuters, explicaba que la relación familiar estrecha abarca desde padres a esposos, hijos, hijos adultos, hermanos, yernos o nueras y hermanastros, según el documento. Sin embargo, "no incluía abuelos, nietos, tíos, sobrinos, primos, cuñados, prometidos u otros miembros 'extendidos' de la familia".

Ahora, el juez de Hawái ha calificado de "problemática" la definición de familiar cercano que hace el Gobierno, que ha definido como la "antítesis del sentido común". "El sentido común, por ejemplo, dicta que entre los miembros de la familia cercana incluyan a los abuelos. "De hecho, los abuelos son el epítome (de la familia)", ha agregado.

Antes incluso de que se presentara este recurso, la Casa Blanca ya decidió modificar los criterios e incluir a los prometidos dentro del concepto de familia cercana. "Tras haber revisado (los criterios), los prometidos se incluirán en la lista de familiares con relación estrecha", señaló el departamento en un comunicado al diario estadounidense 'The Hill'.

Más sobre este tema: