Lotería de Navidad
Es muy recomendable que solo una persona de los participantes cobre el premio para después repartirlo entre los participantes.
En unas pocas horas tendremos los preparativos del gran Sorteo Extraordinario de Navidad para poder dar comienzo a la extracción de bolas de números y premios de Lotería de Navidad.
Hoy, miles de afortunados saltarán a las calles a celebrar la suerte y el destino. Las familias celebrarán esos premios de Lotería de Navidad que les darán un buen pellizco de los 2.408 millones de euros que se reparten en premios.
Uno de los aspectos más típicos de la sociedad española de cara al Sorteo Extraordinario de Navidad es compartir un décimo con los allegados. Muchas familias compran un boleto a medias o entre varias partes. En el caso de tocar uno de los premios de Lotería de Navidad, pueden surgir una serie de problemas a la hora de repartir el dinero.
Para evitar los problemas que puedan surgir, se recomienda firmar un documento con datos personales de todos los implicados para acreditar la participación en el décimo. Es muy recomendable realizar varias copias de los décimos y firmarlas por todos los participantes.
¿Quién paga los impuestos de un décimo ganador compartido?
A la hora de pagar menos impuestos, en cada de haber recibido un premio superior a los 40.000 euros que establece el límite, es conveniente que todos los participantes sean cotitulares del décimo y abonen la cantidad proporcional que les toque. En caso de que toque el Gordo, el premio supone 400.000 euros al décimo.
Es muy importante que una sola persona cobre el premio correspondiente, ya que solo se gravará el premio una vez. Esa persona encargada de cobrar y repartir el dinero deberá demostrar ante Hacienda la existencia de los titulares para que el traspaso sea considerado como donación. Esta persona debe proporcionar los datos de cada participante en la entidad bancaria donde vaya a cobrar.
En caso de querer regalar una parte del premio de Lotería de Navidad, debemos tener en cuenta que ese dinero tendrá que tributar bajo el Impuesto de Sucesiones y Donaciones de la comunidad autónoma a la que pertenezca.