Gobierno
Entre ellos, la necesidad de acuerdo entre ambos partido en cualquier iniciativa parlamentaria.
Vicente Vallés ha repasado en Antena 3 Noticias 2 los puntos que no se han cumplido del acuerdo entre PSOE y Podemos a raíz de la Ley del 'solo sí es sí'. A continuación, analizamos cuáles son.
El acuerdo entre ambas partes
En las imágenes que acompañan esta noticia se muestra el acuerdo de coalición que firmaron PSOE y Podemos en enero de 2020. En él se estableció un protocolo de actuación por el que una iniciativa parlamentaria necesitaba el visto bueno y acuerdo de ambas partes: en concreto decía que "requerirá del acuerdo de ambas partes para su presentación, así como para la posición conjunta de voto". Sin embargo, en esta ocasión no se cumple ninguno de los dos aspectos.
Ley integral por la protección de la libertad sexual
Además, se hace referencia explícita al programa de gobierno pactado por los dos partidos, en el que uno de los acuerdos centrales es la ley integral por la protección de la libertad sexual con el consentimiento en el centro. Es decir, la Ley del 'solo sí es sí'.
"Blindar que solo sí es sí. Se aprobará una Ley integral por la protección de la libertad sexual y contra las violencias sexuales, que garantice la sensibilización, prevención, detección, atención, protección y reparación. En el marco de esta ley reformaremos la legislación penal para garantizar que el consentimiento de la víctima sea clave en los delitos sexuales, de manera que, si una mujer no dice sí, todo lo demás es no. Es decir, 'solo sí es sí'.
Se comunicarían las decisiones con antelación
PSOE y Podemos también pactaron que cualquiera de los dos partidos comunicaría al otro sus decisiones con antelación. Sin embargo, Podemos dice que se ha enterado a través de la prensa de que el grupo socialista iba a presentar su propuesta en solitario. El pacto de coalición PSOE-Podemos se ha incumplido.
"a) Cuando los grupos parlamentarios del PSOE o de Unidas Podemos deseen presentar Proposiciones de Ley, Proposiciones no de Ley, mociones o enmiendas deberán comunicarlo con antelación suficiente al otro socio y se requerirá del acuerdo de ambas partes para su presentación, así como para la posición conjunta de voto", se lee en el documento.