Elecciones en Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha respaldado la convocatoria de elecciones anticipadas en la Comunidad de Madrid el 4 de mayo al inadmitir el recurso con medidas cautelarísimas presentado por la Mesa de la Diputación Permanente de la Asamblea de Madrid contra el decreto de Isabel Díaz Ayuso.
De esta forma, los magistrados rechazan tanto las medidas cautelarísimas como cautelares instadas por los letrados de la cámara madrileña contra el decreto de disolución y convocatoria de elecciones.
El tribunal entiende que la facultad de convocar elecciones queda "válidamente ejercitada desde el momento en que firma el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, y sin perjuicio de que la eficacia de esta convocatoria electoral se despliegue una vez publicado el repetido decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
La resolución estima que "la interpretación literal de lo dispuesto en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía y en el artículo 1.1 de la Ley 5/1990 nos lleva a afirmar que lo que la facultad concedida a la Presidencia de la Comunidad de Madrid le permite realizar es, sin paliativos y por más que esté obligada a hacerlo mediante un decreto y con los demás requisitos, ‘acordar’ la disolución anticipada de la Asamblea de Madrid".
"Por tanto, debe entenderse que tal facultad queda válidamente ejercitada desde el momento en que firma el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, y sin perjuicio de que la eficacia de esta convocatoria electoral se despliegue una vez publicado el repetido Decreto en el Boletín Oficial".
¿Qué ha pasado en Madrid?
La Mesa de la Diputación Permanente de la Asamblea de Madrid presentó el viernes ante el TSJM este recurso contra el decreto firmado el miércoles por la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso (PP), que disolvió la Cámara y convocó elecciones el 4 de mayo tras romper con su socio de Gobierno de Ciudadanos.
Según explicó la propia Ayuso, lo hizo ante el temor de que Ciudadanos y PSOE presentaran un moción de censura contra ella como la registrada contra el PP en Murcia, que finalmente ha sido abortada por tres diputados de la formación naranja.
Sin embargo, minutos después de la firma del decreto, el PSOE y Más Madrid registraron sendas mociones de censura contra Ayuso que fueron admitidas por la Mesa de la Asamblea al considerar la mayoría de miembros de este órgano que el texto no estaba en vigor porque no había sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad.
Por ello, la Mesa recurrió el decreto alegando que el Estatuto de Autonomía no permite la convocatoria de elecciones mientras haya en tramitación una moción de censura, aunque tanto el PP como Vox defienden en base al Estatuto que lo que hay que tener en cuenta es el momento del acuerdo de la convocatoria electoral y no la publicación del mismo.