Elecciones Cataluña
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) justifica su decisión de mantener la convocatoria de elecciones catalanas para el 14 de febrero. Indica que hay un interés público muy intenso en la celebración de las elecciones catalanas suspendidas, porque si no se celebran "se abre un periodo prolongado de provisionalidad".
El Tribunal indica que "la decisión afecta a, derecho fundamental de sufragio". También que la suspensión de este derecho no está amparada por el estado de alarma actual. El estado de alarma admite la celebración de elecciones en Cataluña.
También han tomado en cuenta que "las medidas sanitarias actuales no limitan desplazamientos para actividades no esenciales, así como la efectiva implantación de medidas preventivas por las administraciones con competencia en materia sanitaria y electoral".
La Sala Contenciosa del TSJC prevé publicar la sentencia definitiva antes del próximo 8 de febrero, una vez se haya iniciado la campaña electoral en Cataluña.
No obliga a votar el 14 de febrero
El TSJC recalca que esta decisión implica que "continúa el proceso electoral con total normalidad". El motivo es que se mantiene en vigor la fecha del 14 de febrero para las elecciones catalanas.
También destacan que esta decisión del Tribunal no implica que "obligue a votar el 14 de febrero de 2021, si es el tribunal quien ha fijado esta fecha". Explican que mantiene vigente la convocatoria que firmó el vicepresidente del Govern, Pere Aragonés, el pasado mes de diciembre.
"Esto no significa que no puedan darse cambios sustanciales de aquí al 14 de febrero, tanto en las normas reguladoras del estado de alarma como en el ámbito sanitario, lo que podría justificar otra decisión de las autoridades competentes", remarcan frente la decisión de mantener las elecciones catalanas el 14 de febrero.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya indicó que se realizasen las elecciones catalanas "cuanto antes", tras la decisión del propio tribunal de suspender el aplazamiento para el mes de mayo.