Inhabilitación

El Tribunal Supremo mantiene la inhabilitación de Quim Torra como diputado

Después de un arduo debate, por unanimidad, el Tribunal Supremo mantiene que Quim Torra no es diputado, ya que lo inhabilitó la Junta Electoral Central. Así lo decide mientras estudia el recurso del presidente de la Generalitat.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo finalmente ha rechazado acoger la pretensión de la defensa del president de la Generalitat, Quim Torra, -respaldada por la Fiscalía- y no suspende la ejecutividad de la la resolución de la Junta Electoral Central del pasado 3 de enero, que retiró al mandatario catalán su credencial de diputado en el Parlament. Los magistrados del alto tribunal no creen asumible la pretensión de Torra, que entiende que la JEC carece de competencia para inhabilitarle y que por ello debe mantener su escaño hasta que, al menos se resuelva sobre el fondo del asunto.

Contra el criterio de la fiscalía

En un escrito, la Fiscalía del Supremo acogió el argumento de la defensa al entender que , "en orden a la prudente y equilibrada preservación" de los intereses en conflicto, la petición de Torra hasta que la Sala de lo contencioso-administrativo del TS resuelva si la decisión de la JEC es conforme o no a derecho debería aceptarse En su informe, el Ministerio Público iba más allá y reconocía la existencia de dudas jurídicas sobre la competencia del órgano electoral para retirar la credencial de diputado a Torra, señalando como "asumibles" los argumentos de la defensa cuando asegura que dichas atribuciones las tiene únicamente el Parlament de Cataluña. El documento, firmado por el fiscal jefe de lo Contencioso en el alto tribunal, Pedro Crespo, expresaba sus dudas al entender que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) "no atribuye ni reconoce en ningún momento a la Junta Electoral Central facultades o competencia alguna para: anular por su propia autoridad las credenciales de los diputados que ya están ejerciendo su mandato y declarar vacantes sus escaños". Por su parte, el president de la Generalitat alegaba que se tiene que suspender la decisión de la JEC hasta que el Supremo resuelva sobre el fondo del asunto porque su ejecución puede ocasionarle "perjuicios de imposible reparación, incluida la vulneración de derechos fundamentales".

Los magistrados no han tenido en cuenta estos argumentos. Torra dejará paso al siguiente de la lista de JxCat, aunque habrá que ver cuál es su reacción y la del Parlament, cuya mayoría independentista se había pronunciado en contra de desposeerlo de su acta y tampoco de su cargo al frente de la Generalitat. La decisión definitiva del Supremo tardará todavía unos meses. Los argumentos de la Sala son que Torra ha apelado con razones de fondo sobre la decisión de la Junta Electoral, pero eso se verá en su momento por parte de la Sala de lo Penal, ahora se trataba de ver si perdía el escaño de momento, hasta que haya decisión sobre el fondo. Es más, no ve "apariencia de buen derecho en las pretensiones del recurrente". Respalda el mandato de la Junta Electoral y además dice que quitarle el escaño no es irreversible.

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