Justicia
El TEDH ha fallado en favor de los seis magistrados de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria que aspiraban a ser miembros del Consejo General del Poder Judicial. Reconoce sus derechos a participar en tiempo y forma en la renovación del órgano de gobierno de los jueces.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la vulneración de los plazos de renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de España en 2018 y 2019. Da la razón a seis magistrados de la asociación conservadora Francisco de Vitoria (AFJV ) que llevaron el caso hasta Estrasburgo. Estos seis jueces formaban parte de los 51 candidatos admisibles para la renovación del CGPJ.
Los jueces consideran que el Tribunal Constitucional español no justificó los motivos por los que rechazaba el recurso de amparo que habían presentado, algo que atentó contra su derecho a tener una protección judicial. Opinan, además, que eso constituye una violación del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, a la vez que piensanque el propio reconocimiento de esta falta constituye "en si mismo una satisfacción equitativa suficiente" por el daño moral sufrido. Estrasburgo ha detallado estos datos tras una votación que se ha resuelto con 4 votos a favor y 3 en contra.
De esta manera, el TEDH contestado a la demanda que presentaron en octubre de 2021 seis magistrados de la AFJV para denunciar el bloqueo en la renovación del CGPJ por la inactividad del Congreso y el Senado. Los firmantes alegaron ante Estrasburgo que eran "víctimas directas de la infracción de su derecho a acceder a cargo público y a la tutela judicial efectiva".
El portavoz nacional de la asociación, Jorge Fernández Vaquero, explicó cuando se presentó dicha demanda que la renovación del CGPJ eracompetencia "única y exclusiva" del Congreso y del Senado, a la vez que denunciaba que no habían hecho "nada" en tres años por estar "supeditadas" a los intereses de PP y PSOE. Desde la AJFV se indicó que el motivo para acudir al TEDH es que el Tribunal Constitucional (TC) no admitió a trámite el recurso de amparo presentado por esos seis magistrados "sin entrar en su contenido".
El TEDH les ha dado la razón. El tribunal ha explicado que, aunque el Convenio Europeo no garantiza el derecho a "ser nombrado" o ser "promovido" a miembro de un puesto dentro del servicio civil, lo que sí garantiza es el derecho a un procedimiento legal para el examen oportuno de sus candidaturas.
"Lo que estaba en juego en el proceso presentado por los solicitantes no era su derecho a convertirse en miembros del CGPJ, sino su derecho a un procedimiento legal para el examen oportuno de sus candidaturas", ha apuntado el tribunal.