Tribunal Constitucional
La decisión del organismo ha sido aprobada por mayoría del bloque progresista y el voto a favor del magistrado César Tolosa.
El Tribunal Constitucional ha anulado la reforma del Reglamento del Senado que impulsó el Partido Popular el pasado mes de noviembre de 2023. El objetivo era retrasar la tramitación de la ley de amnistía, una de las medidas clave en el acuerdo de investidura del presidente Pedro Sánchez.
La decisión del organismo ha sido aprobada por mayoría, con el apoyo del bloque progresista y el voto a favor del magistrado César Tolosa. Por otra parte, tres magistrados, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías, votaron en contra. La sentencia considera que la reforma era inconstitucional porque permitía al Senado decidir si una proposición de ley del Congreso se tramitaba de urgencia, en un plazo de 20 días, o de forma ordinaria, que podría extenderse hasta dos meses.
Esta decisión contradice el artículo 90.3 de la Constitución Española, que reduce a 20 días el plazo para que el Senado vete o enmiende iniciativas urgentes aprobadas por el Congreso. El tribunal ha interpretado que el término "proyecto" en la Constitución incluye tanto proyectos de ley, de origen gubernamental, como proposiciones de ley, de origen parlamentario o popular.
El pasado 30 de mayo, el Congreso aprobó la ley de amnistía con 177 votos a favor y 172 en contra, como parte de un acuerdo entre el PSOE y los partidos independentistas catalanes para la investidura de Pedro Sánchez. Esta ley exime de castigo los delitos cometidos entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023 que se relacionan con el "proceso independentista catalán". Estos incluyen la organización de consultas independentistas declaradas inconstitucionales en 2014 y 2017, así como otros actos relacionados que acreditan una tensión política, social e institucional.
Por ejemplo, entre los actos que podrían ser amnistiados se encuentran la organización y celebración de las dos episodios independentistas declarados inconstitucionales por la Justicia española: el referéndum del 1 de octubre de 2017 (1-0) y la consulta popular del 9 de noviembre de 2014 (9-N). Además, la ley abarca otros delitos como la usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia y desórdenes públicos, siempre que estén relacionados con el procès. Aunque, según la directiva europea de 2017, la ley excluye actos de terrorismo, es decir, delitos que hayan causado muertes o lesiones graves, así como casos de tortura o tratos inhumanos graves.
La decisión del TC tiene implicaciones que van más allá de esta ley. En primer lugar, invalida la estrategia del PP de utilizar su mayoría en el Senado para obstaculizar la aprobación de leyes impulsadas por el gobierno de coalición. Además, reafirma la preeminencia del Congreso en el proceso legislativo, especialmente a lo que se refiere a la tramitación urgente de leyes.
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