Sentencia Supremo
Indemnizan con 70.000 euros a una pareja que se quedó embarazada tras una vasectomía fallida
El Supremo distingue entre el derecho al consentimiento informado, que solo le corresponde al paciente, y los perjuicios que puede sufrir su pareja.
El Supremo ha reconocido el derecho a de una mujer de ser indemnizada por el fallo en la vasectomía de su pareja. Todo ocurrió en un hospital público de la Comunidad de Madrid. Un paciente se sometió a una vasectomía, tras la intervención se produjo una recanalización espontánea de los conductos deferentes que hizo que la esterilización no funcionase.
Sin buscarlo esta pareja se quedó embarazada. La vasectomía es un método de esterilización masculina con una eficacia muy elevada. Desde la administración sanitaria se reconoció que no se había informado correctamente a los afectados.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoció el derecho del hombre a ser indemnizado, pero no el de su pareja. Le concedió una indemnización de 12.000 euros a él. Ahora el Supremo dice que ella también tiene derecho y argumenta su fallo en los perjuicios que pudo sufrir su pareja al fallar el anticonceptivo.
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Asegura el magistrado que la mujer sufrió "un daño moral propio y autónomo" y fija como compensación 35.000 euros a cada uno más los intereses que corresponda. Con este dictamen el Supremo sienta jurisprudencia.