CASO DE LOS ERE DE ANDALUCÍA

El Supremo imputa a Chaves y Griñán por prevaricación administativa

El magistrado del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro ha decidido continuar el procedimento abierto contra los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves al estimar que existen indicios de que pudieron incurrir en un delito de prevaricación administrativa en el marco del caso de los ERE de Andalucía.

El juez ha abierto una doble vía, instando por un lado el suplicatorio de Chaves y de los también aforados José Antonio Viera -al que también imputa malversación de fondos públicos- y Gaspar Zarrías, ambos diputados, y dejando fuera del procedimiento a la exconsejera Mar Moreno.

Por otro lado, y tras perder Griñán su condición de aforado, el instructor eleva a través de un auto los indicios recabados en su contra y solicita que siga siendo enjuiciado junto con el resto de aforados. El alto tribunal abrió causa hace algo más de siete meses con el informe favorable de la Fiscalía contra los dos expresidente y contra los consejeros José Antonio Viera y Gaspar Zarrías, diputados en el Congreso; y contra la también exmiembro del Gobierno de la Junta Mar Moreno, que es Senadora.

Durante este periodo el instructor de la causa, Alberto Jorge Barreiro, ha tomado declaración a los cinco aforados y ha llamado también a otros imputados en la causa de Sevilla como el que fuera exinterventor en la Junta Manuel Gómez Martínez y otros excargos del Gobierno andaluz que habrían participado en las reuniones previas al Consejo de Gobierno, los denominados "consejillos".

Igualmente, y antes de elevar sus conclusiones al Parlamento, el magistrado Jorge Barreiro ha llamado a su despacho a los peritos de la Intervención del Estado (IGAE) que elaboraron un informe a petición de la juez de Sevilla Mercedes Alaya que cuestiona el uso de las denominadas "transferencias de financiación" para dotar las ayudas socio-laborales investigadas. Igualmente han depuesto los peritos de parte, dos catedráticos propuestos por Griñán que sostienen precisamiente lo contrario.

A la hora de admitir este caso, el Supremo se hacía eco de la exposición razonada de Alaya para afirmar que de los indicios contra los aforados "derivan de su posición de alta y especial responsabilidad política" dado los cargos que desempeñaban y de su intervención en las decisiones de "creación o mantenimiento del sistema que facilitaba esa forma de proceder e incluso, respecto a alguno de ellos, en la ejecución de actuaciones concretas de aplicación del referido sistema".

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