SE ENCONTRABA EN FASE TERMINAL
¿Qué dice la ley española sobre la eutanasia? ¿Qué consecuencias puede tener este caso concreto para el marido de la mujer que ha muerto? Beatriz de Vicente nos responde a estas preguntas tras la detención de un hombre por suministrar una sustancia para ayudar a morir a su mujer en fase terminal.
De Vicente define la eutanasia como "la buena muerte, es decir, provocar el fallecimiento plácido e indoloro de alguien", a lo que añade que "hay un tipo de eutanasia que es la activa que es una acción ascendente a provocar este fallecimiento plácido, y una eutanasia pasiva, que sería mediante omisión, que es dejar morir".
En España está penalizada la eutanasia activa, tal y como comenta De Vicente, "pero está regulada y reconocida la eutanasia pasiva. La ley de autonomía del paciente, que entró en vigor en el año 2003, "establece con un principio básico que debe regir la relación del ciudadano con el sistema sanitario el respeto de su dignidad, a su capacidad de elegir que tratamiento de los posibles puede optar, o incluso rechazar un tratamiento.
La situación en otros países es la siguiente: "En Europa el primer país que reguló la eutanasia activa fue Holanda, en el año 2001, siguiéndole Bélgica y Luxemburgo. En el caso de Estados Unidos, cinco de los estados acepta el suicidio asistido, y Suiza acepta el suicidio asistido junto a asociaciones".
Ante la situación del detenido, marido de la fallecida, De Vicente nos dice que "la eutanasia asistida está regulado en el 143 del Código Penal y cuenta con cuatro supuestos".
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