SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado este jueves prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros para la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, según han informado fuentes jurídicas. El juez ha tomado esa decisión a pesar de que la Fiscalía había pedido prisión incondicional para la presidenta del Parlament.
Además, Llanera ha acordado libertad bajo fianza de 25.000 euros para otros cuatro de los imputados de la antigua Mesa del Parlament, Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet. A todos les ha dado un plazo de una semana para abonar la citada cuantía. Mientras tanto, el sexto imputado en la causa por rebelión, sedición y malversación en el Supremo, Joan Josep Nuet, queda en libertad sin ninguna medida cautelar.
El magistrado Pablo Llaneras ha adoptado esta decisión después de que Forcadell y al menos tres exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán manifestaran, a última hora, que renunciaban a la vía unilateral de independencia.
Antes de concluir la vistilla en la que la Fiscalía ha solicitado medidas cautelares, como la prisión, para cinco de los investigados que han declarado este jueves durante siete horas por los delitos de rebelión, sedición y malversación de fondos públicos por los hechos relacionados con el debate en la cámara parlamentaria y la proclamación de la independencia, el magistrado dió la oportunidad a los investigados para ofrezcieran un último alegato.
En ese momento, en ese turno de última palabra, Forcadell y al menos tres de los exmiembros de la Mesa han manifestado que renunciaban a la unilateralidad con la que se declaró la independencia de Cataluña, adhiriéndose a la declaración prestada por Ramona Barrufet.
La exsecretaria cuarta de la Mesa del Parlamento catalán había manifestado durante su declaración que el referéndum del 1-O no tuvo validez, ya que no contaba con garantías, han precisado las fuentes presentes en la misma. En otro momento, la parlamentaria habría rechazado, según las mismas fuentes, la vía unilateral y reconocido que el proceso sólo podría desarrollarse con pacto, además de decir que acata la aplicación del artículo 155 de la constitución.
No obstante, el juez Llarena atribuye a Forcadell "una actuación principal" en el proceso independentista, tanto "por su intervención medular" en él como "por la intensa repercusión que su propio liderazgo ha tenido". En el auto, el magistrado recuerda que ocupó la presidencia de la Asamblea Nacional Catalana, "desde cuyo mandato perfiló, asumió, y comprometió una hoja de ruta que pasaba por la concienciación y movilización colectiva cuya instrumentación se analiza". "Una actuación esencial, que vino seguida por su presidencia del Parlament de Catalunya, en la que se perfiló el método que se iba a seguir para declarar la independencia, y que aportó el aparente soporte legislativo que el proyecto necesitaba", añade.
Forcadell ha ingresado esta noche en la prisión de Alcalá Meco ya que no ha podido reunir los 150.000 euros para pagar la fianza, según fuentes jurídicas. En esa cárcel se encuentran ingresadas las otras dos consejeras que fueron encarceladas por orden de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.
El juez duda que se gastaran 6,2 millones el 1-O y rechaza pedir esa fianza
Por otra parte, el juez Llarena sostiene que no hay ninguna prueba que acredite que el 1-O supuso un gasto público de 6,2 millones de euros y ha rechazado la petición de la fiscalía de imponer una fianza por esa cantidad a los seis investigados a los que ha tomado declaración este jueves. El magistrado reconoce que existían partidas presupuestarias destinadas a consultas por ese importe, pero afirma que no se ha acompañado a la querella "ninguna base probatoria" de que el 1-O se pagara con dinero público "y menos aún" que costara ese dinero. Es más, plantea que las defensas aportan una certificación de la Intervención General de la Generalitat que solo refleja unos gastos de 25.000 euros correspondientes al "Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información".
A su juicio, esa certificación es "coherente con la realidad de contorno" dado que el Tribunal Constitucional había conseguido con sus resoluciones "desestructurar" el desarrollo previsto, lo que pudo "comprometer gastos previstos", como los de las campañas de publicidad o promoción o la compensación a las personas designadas para las mesas electorales. "Todos estos elementos debilitan en este estado del procedimiento la pretensión de una reclamación concreta de dinero", sostiene el magistrado, "sin perjuicio de que pueda ser acordada, en la cuantía que corresponda, si el contenido de la instrucción que se inicia lo mostrara pertinente".