Marlaska
Según el último informe presentado por el Ministerio del Interior indican que los delitos de odio en España han disminuido casi un 18% en 2020 con respecto a 2019. Pero el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska explica que los datos referidos a 2020 "están desvirtualizados" por las circunstancias que todos conocemos y derivadas del covid-19".
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, acompañado por el responsable Área del Sistema Estadístico y Atención a Víctimas de la Dirección General de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, presenta el informe sobre la evolución de los delitos de odio en España durante 2020.
"El delito de odio pretender apartar de la sociedad a grupos o comunidades y lo cometen quienes se niegan a asumir que todos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos, como proclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos", explicaba Fernando Grande-Marlaska.
"Los datos del año 2020 están desvirtuados por las circunstancias que todos conocemos y derivadas del covid-19, tanto el confinamiento sufrido como las restricciones en las distintas fases han tenido una incidencia determinante en los datos". Añade que durante estos primeros meses de 2021 la Policía y Guardia Civil han registrado 610 episodios de este tipo y que lo adecuado sería comparar "este primer semestre del año con el mismo periodo de 2019 y el resultado es un incremento del 9,3% de delitos de odio", explica el ministro Marlaska.
Durante la rueda de prensa donde han presentado el informe de delitos de odio en España en 2020 destacan que la cifra total es de 1.401 de incidentes y delitos registrados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, "lo que supone una disminución del 17,9% con respecto al año 2019", expresaba el responsable del área del Sistema Estadístico.
Los delitos de odio que aumentan
Aunque explican que en termino porcentuales los delitos de odio cometidos en 2020 descendieron con respecto al año anterior, "este descenso hay que ponerlo dentro del descenso generalizado del descenso de la criminalidad como consecuencia de la situación generada por la pandemia de coronavirus".
"No obstante, pese a esta disminución global de incidentes de odio registrados en cifras absolutas existen diferentes ámbitos que han experimentado un aumento de las mismas", explicaban en rueda de prensa.
Entre esos delitos de odio que han aumentado, se encuentra delitos como: contra personas con discapacidad (sube un 69,2%); discriminación por razón de enfermedad, que sube un 62,5%; el anti gitanismo, que sube un 57,1% y la discriminación por razón de género o sexo que sube un 43,5%.
Lo tres ámbitos que en 2020 aglutinaron un mayor número de hechos denunciados son: racismo/xenofobia, ideología y orientación sexual e identidad de género.
¿Cuál es el perfil de las víctimas?
Los datos presentados registran que hay un mayor porcentaje de víctimas de sexo masculino, el 59%, aunque en 2019 fue de un 64%. El tipo de delito que más han sufrido los hombres es el racismo o xenofobia, identidad de género y la ideología.
Nuevas medidas
Anuncian que la Secretaría de Estado de Seguridad ha preparado una instrucción que amplía los mecanismos de comunicación y relación de la Oficina de Lucha contra los Delitos de Odio con el conjunto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
"El objetivo es facilitar que esta oficina nacional pueda mantener comunicación directa con la unidades policiales que investigan un presunto delito de odio y debe servir para que los expertos de la oficina puedan asesorar a los investigadores", explicaba el ministro del Interior.
Qué son los delitos de odio
El delito de odio es una infracción o acto penal motivado por prejuicios contra una personas por el hecho de pertenecer a un determinado grupo. En la web del Ministerio del Interior define grupo como un conjunto de personas con características comunes entre sus miembros, "como su raza real o perceptiva, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar." (OSCE, 2003).
Este delito está regulado en el artículo 510 del Código Penal.