Indultos
¿Puede negarse el Rey a firmar los indultos que apruebe el Gobierno para los presos del procés? A continuación consultamos qué dice la Constitución al respecto y resolvemos esta cuestión.
Es cuestión de tiempo que el Gobierno apruebe los indultos a los presos del procés, una medida que posteriormente ha de ser ratificada por el Rey Felipe VI, pero ¿puede el monarca negarse a ello?
La polémica se ha generado tras las palabras de Isabel Díaz Ayuso en la manifestación contra los indultos celebrada este domingo en la madrileña Plaza de Colón. La presidenta madrileña preguntó: "¿Qué va a hacer el Rey de España? ¿Va a firmar esos indultos? ¿Le van a hacer cómplice de esto?".
Estas declaraciones han provocado un gran revuelo desviando hacia ellas la atención que inicialmente estaba puesta en la posibilidad de reeditar la foto de Colón, algo que los líderes de PP, Ciudadanos y Vox evitaron en esta ocasión.
Si consultamos la Constitución no queda lugar a dudas. En el artículo 62 se afirma que "corresponde al Rey expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros". En el apartado i añade que "ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales".
Además, en el artículo 64 de la Carta Magna "dice que los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes."
Es decir, el monarca no es el responsable del contenido ni de a quién se conceden los indultos, pero no puede negarse a firmarlos.