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Consejo de Ministros

Luz verde al decreto que garantiza la atención sanitaria a todos los inmigrantes que vivan en España sin residencia legal

Se facilitan los trámites para tener derecho a la atención sanitaria .

El real decreto que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros da a todos los inmigrantes que vivan en España el derecho a ser atendidos por la sanidad pública.

Se regula el procedimiento para reconocer el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de todas las personas extranjeras que se encuentren en España independientemente de si tienen o no residencia legal.

Con esta norma se establece un 'modus operandi' común en todo el territorio para reconocer el derecho a la salud de las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes.

La persona solicitante manifiesta que no cuenta con cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que no puede exportar el derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado al pago de su asistencia. Además, se garantizan medidas de apoyo y formatos de lectura fácil para que las personas con discapacidad puedan comprender y firmar este documento en igualdad de condiciones.

Aunque la forma más habitual de acreditar la residencia habitual es el certificado de empadronamiento se aceptará también el certificado de escolarización o matriculación en centros públicos, facturas de luz, gas, agua, telefonía o Internet a nombre del solicitante; o cédulas de inscripción o documentos de inscripción consular.

En el mismo momento que se solicita se recibe un documento provisional que permitirá el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos de forma inmediata. La administración dispone de un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución; si transcurrido ese tiempo no hay respuesta, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo en las solicitudes iniciadas por la persona interesada. Una vez se reconoce este derecho no existe una fecha de caducidad hasta que no se consiga la cobertura por otra vía.

El real decreto amplía la protección a las personas españolas de origen residentes en el exterior durante sus desplazamientos temporales a España. Hasta ahora esto estaba limitado a pensionistas o trabajadores, pero este texto lo extiende a todos los españoles de origen y a sus familiares (cónyuges, parejas de hecho y descendientes a cargo), siempre que no tengan la cobertura prevista por convenios internacionales o la legislación de seguridad social.

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