Coronavirus
La consejera de Desarrollo económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco, Arantxa Tapia, ha dado a conocer las nuevas medidas que se van a adoptar en la comunidad tras los últimos rebrotes de coronavirus y que suponen modificar la normativa en vigor .
Prohibido comer en trayectos de menos de dos horas en transporte público
Se reitera la obligatoriedad del uso de la mascarilla y el uso correcto de la misma.
En este sentido, cabe destacar que se incorpora y explicita que esta deberá cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón, incluido.
Y que, por ejemplo, para trayectos en transporte público inferiores a dos horas, se prohíbe la ingesta de alimentos y se excluye la obligación del uso de mascarilla exclusivamente en el momento de ingesta de líquidos. Se procederá a su utilización inmediatamente después del momento de la bebida.
Reuniones en la calle y bares
Limitación de grupos de personas en la vía pública y en establecimientos hosteleros y gastronómico-recreativos (bares, restaurantes y txokos), a un máximo 10 personas.
Iglesias y velatorios
El encuentro de personas se verá afectado, asimismo, en velatorios y entierros con limitación a 30 personas en espacios tanto abiertos como cerrados y en comitivas de enterramiento.
Residencias de mayores
Restricciones en centros de día y residencias: PCR obligatoria a todos los nuevos residentes y a los empleados que se reincorporen en centros sociosanitarios con 72 horas de antelación como máximo.
Las visitas en residencias estarán limitadas a una persona con una hora máxima de duración al día. Estas medidas se podrán exceptuar en el proceso del final de la vida y se limitará al máximo al máximo las salidas de las personas residentes
Hostelería
Consumo tanto interior como exterior, con un máximo de 10 personas por mesa o grupo de mesas, siempre sentados, manteniendo distancia de 1,5 m entre el cliente de una mesa y el inmediato de la siguiente.
Servicio en barra: permitida la estancia y consumo, siempre y cuando las personas estén sentadas y mantengan la distancia de seguridad interpersonal.
Horario de cierre a las 01:00 horas, sin que pueda permitirse el acceso de ningún cliente ni expedir consumición alguna desde las 0:00h
Zonas comunes en hoteles y alojamientos turísticos
Ocio nocturno
Cierre total de discotecas, salas de baile, pubs, así como todos aquellos establecimientos clasificados en los grupos III y IV, según el Decreto 17/2019 de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Espectáculos públicos y actividades recreativas.
Transporte público
El transporte público finalizará a la misma hora que la actividad en bares, restaurantes, txokos y locales de juego, es decir, a la 1:00h.
Tabaco
Prohibición de fumar en espacios públicos cuando la persona fumadora no pueda garantizar que va a mantener la distancia mínima interpersonal de 2 metros. La mascarilla se retirará exclusivamente para la inhalación y exhalación del humo.
Queda prohibida toda actividad en lonjas y cualquier local de características similares.
Actividades deportivas
• La actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y en grupos de hasta un máximo de 10 personas.
• Las actividades de turismo activo y de naturaleza podrá realizarse en grupos de un máximo de 10 personas.
• Las visitas en grupo a centros recreativos y acuarios quedan restringidas a un máximo de 10 personas.
• Se reduce el aforo en piscinas públicas o privadas al 60%, se prohíben estancias superiores a 3 horas.
El botellón queda expresamente prohibido.
Todas estas medias, según el Gobierno Vasco, entrarán en vigor lo antes posible, quizá a partir de mañana.