FALLO DEL JUZGADO 31 DE LO SOCIAL DE MADRID
Según el fallo hecho público este jueves, ha quedado probado que el extesorero del PP solicitó el reingreso en el partido en marzo de 2015, es decir casi cinco años después de haber cesado en el cargo público.
En consecuencia, dice el fallo judicial, la negativa del PP al reingreso de Bárcenas por "extemporáneo", emitida en abril pasado, "es conforme a derecho y no constituye acto alguno de despido tácito; por lo que existe una clara falta de acción por parte del trabajador y procede desestimar la demanda en su totalidad".
Bárcenas había pedido su readmisión como tesorero o gerente y, de no ser así, una indemnización de 900.000 euros, a lo que el abogado del PP dijo que supondría un "enriquecimiento injusto" al haber sido ya indemnizado por su despido.
Estos fueron los principales argumentos expuestos por las partes en el juicio celebrado ante el Juzgado 31 de lo Social de Madrid por la demanda que Bárcenas presentó contra el PP para pedir su reingreso en la formación política al considerar que se encuentra en situación de excedencia forzosa desde 2004 por lo que puede reclamar su reingreso.