Pasaporte Covid
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha rechazado la exigencia del certificado COVID para el acceso a grandes eventos deportivos y culturales y otras celebraciones como bodas.
En cambio la Sala de lo Contencioso-Administrativo sí ha aceptado que se pida ese pasaporte para que los familiares puedan acceder a las residencias a visitar a sus mayores y justifica su decisión en la vulnerabilidad de este grupo de población.
El TSJIB sí da luz verde al Ejecutivo para exigir tres pruebas de detección del SARS-CoV-2 a los trabajadores no vacunados de esos centros. Eso sí, matiza que no permite cribados a los no vacunados de los centros residenciales con un porcentaje de vacunación inferior al 80 por ciento.
La resolución no es firme ya que contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que el Govern puede presentar en un plazo máximo de tres días hábiles.
Respuerta del Tribunal
Las magistradas reprochan al Ejecutivo Balear que la solicitud "contiene generalidades y muy poca concreción". No cuestionan que "todo evento multitudinario comporta un riesgo", pero recuerdan a la Administración que su deber es "justificar la proporcionalidad de la medida acordada". "La Administración ha optado por una solución radical y limitativa de derechos", censuran.
Para el Tribunal es un "contrasentido" que con el avance de la vacunación "la Administración intente imponer medidas de ese tipo restrictivo". "Lo lógico sería que el efecto de la masiva vacunación determine una mayor relajación en la vida social y una mayor tranquilidad", apuntan las magistradas.
Además, el Tribunal ve inadecuada "la carga impuesta" a los organizadores de eventos, que según las medidas del Govern debían designar un responsable COVID que se ocupase de recoger los certificados