Sedición
La reforma del Código Penal entra en vigor y esto afecta a muchos condenados por el 'procés', entre ellos, Carles Puigdemont, quien se encuentra fugado de la Justicia y ha sido liberado del delito de sedición.
La sedición deja de ser delito en España desde ya mismo. Esto llega como una buena noticia para los condenados y huidos por el 'procés' en Cataluña, quienes ya no estarán condenados por tal delito, lo que supone un estudio y adaptación del auto de procesamiento de los políticos que fueron condenados, pero también de los que se fugaron, como es el caso de Carles Puigdemont.
El juez Pablo Llarena, instructor de la causa, ya ha retirado a Carles Puigdemont, político fugado de la Justicia española, este delito de sedición. Sin embargo, Llarena ha mantenido el delito de malversación y desobediencia. Según ha informado el Supremo, el instructor del 'procés' considera que la derogación de la sedición plantea un "contexto cercano a la despenalización" de los hechos investigados, al no encajar en el nuevo delito de desórdenes públicos agravados.
El instructor entiende que los hechos de la causa relacionados con el mismo son subsumibles ahora en un delito de desobediencia, ya que considera que no encajan en el delito de desórdenes públicos, ni en su nueva formulación ni en la vigente en el momento de los hechos. El magistrado añade que "ni podrían sancionarse las conductas enjuiciadas conforme a un tipo penal que no estaba en vigor en la fecha en la que los hechos tuvieron lugar (mucho menos aplicar un subtipo agravado de nueva creación) ni siquiera puede sostenerse que los hechos enjuiciados cupieran en los delitos de desórdenes públicos vigentes a la fecha de su comisión".
Las euroórdenes actuales
Con ello, deja sin efecto las euroórdenes actuales por sedición, pero ordena la busca y captura de Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig por malversación y desobediencia. Además, Llarena ha pospuesto la decisión de emitir una nueva euroorden contra Puigdemont y los otros dos acusados de malversación a la resolución de los tribunales de la UE sobre la inmunidad parlamentaria y la cuestión prejudicial. Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont, ha dicho "estar convencido" de que este volverá pronto a España.
Por último, el auto descarta también que se puedan aplicar los tipos penales atenuados de la malversación porque serían únicamente apreciables si se dispone temporalmente del bien público, con intención de devolverlo posteriormente y, por tanto, con mera voluntad de uso temporal del mismo.
Otra afectadas son Marta Rovira y Clara Ponsatí. En estos casos, el delito por el que están procesadas pasa a ser desobediencia. Recordamos que el delito de sedición ha sido anulado y reemplazado por un delito de desórdenes públicos agravados. Esto reduce las condenas de 15 a 5 años de cárcel, con 8 de inhabilitación.
Las reacciones
La presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha considerado que la retirada del delito de sedición en el procesamiento contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont es uno de "los primeros favores" del Gobierno de Pedro Sánchez a los independentistas. Además, ha apuntado que "de aquí a poco está el camino hecho a la independencia ilegal de Cataluña".
"Veremos cosas que nos helarán la sangre a lo largo de estos meses", ha apuntado Ayuso en declaraciones a los medios, añadiendo que que el problema en Cataluña se agravará "más todavía". Ayuso ha concluido diciendo que todo ello está "patrocinado por el señor Sánchez".
¿Cómo se debe analizar?
El Tribunal Supremo condenó a los líderes independentistas por sedición en lugar de por rebelión. Ahora tiene la obligación de aplicar la nueva ley. En primer lugar, se debe estudiar si los hechos encajan en el delito de desórdenes públicos agravados, que ahora castiga con hasta 5 años lo que antes se consideraba sedición. Si los hechos no concordasen con el nuevo delito, quedaría finalmente la desobediencia, con hasta 2 años de cárcel, y que no implica la entrada en prisión.