[[RELATED[[/RELATEDEl juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha vuelto a rechazar encarcelar al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, al considerar que no existe un riesgo de fuga o de que destruya pruebas que lo justifique. El juez también se niega a quitarle el pasaporte, tal y como pidió UPyD En su auto, el magistrado, siguiendo el criterio de la fiscalía Anticorrupción, desestima la solicitud que realizaron varias acusaciones, entre ellas UPyD, después de que se conociera la investigación por cinco delitos fiscales, blanqueo y alzamiento de bienes al que fuera director gerente del FMI. Para el juez, que ya se negó a acordar prisión para Rato el pasado diciembre, cree que, con independencia de la gravedad de los delitos por los que está imputado, sigue siendo "innecesaria" y "debe prevalecer en todo momento el principio de presunción de inocencia". [[RELATEDGuindos: "Desconozco si Rato se acogió a la amnistía fiscal"[[/RELATED Tampoco existen datos "objetivos" dentro del procedimiento en el que investiga presuntas irregularidades en la fusión y salida bolsa de la entidad que justifiquen la existencia de un riesgo de fuga, obstrucción a la acción de la Justicia o reiteración delictiva. Como ya hiciera la primera vez, el juez critica que las partes intenten buscar "notoriedad" y explica que fines como "la ejemplaridad, el escarmiento, la eficacia, o la tranquilidad social" se "podrán obtener indirectamente a través del resultado final del proceso, la sentencia", pero no antes. Sobre la solicitud que hizo UPyD para que se le retirara el pasaporte y se le prohibiera abandonar el territorio nacional después de que se conociera que el exbanquero ha viajado en varias ocasiones a Suiza, el juez señala que de estos desplazamientos no "cabe inferir la existencia de un riesgo de fuga, ocultación o alteración de las fuentes de prueba". Tampoco acepta reclamar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) y a la Udyco un informe sobre las investigaciones sobre el patrimonio y las transferencias que haya podido efectuar. Y ello porque no tienen "relevancia" para el "caso Bankia", sino en todo caso para el procedimiento que instruye el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid.