EL PRÓXIMO 17, 24 Y 26 DE JUNIO
La instructora del caso del accidente de metro de Valencia de 2006, en el que murieron 43 personas y 47 más resultaron heridas, ha citado a declarar como imputados a tres trabajadores de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV).
En un auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, la jueza cita a Francisco Orts, Francisco García y Vicente Contreras para que declaren como imputados el 17, el 24 y el 26 de junio, respectivamente, por haber participado en 1999 en el proyecto de colocación de balizas en el trazado de la línea 1, a la que pertenece la estación de Jesús donde tuvo lugar el descarrilamiento del 3 de julio de 2006.
Así, la titular del Juzgado de Instrucción número 21 estima parcialmente el recurso contra la providencia que acordaba posponer la procedencia de oír en declaración a varias personas y en el que solicitaba la declaración de seis personas como imputadas, basándose en las declaraciones de uno de los testigos en referencia a la programación de la baliza 1.680.
Según el recurrente, existió un error de programación y planificación de las balizas que fue determinante en el descarrilamiento y vuelco de la unidad siniestrada. En los fundamentos jurídicos, la jueza Nieves Molina duda de poder atender la petición de las partes "sin vulnerar el principio de seguridad jurídica", al haber sido ya "objeto de debate y resueltas por la Audiencia Provincial las cuestiones que plantea sobre la baliza y su programación y la inexistencia de una baliza que protegiera la curva donde se produjo el accidente y que lo hubiese evitado".
Considera que las nuevas hipótesis que pueden surgir de cómo podía haberse evitado el accidente llevan a un punto común "que no se previó, cuando se acordó por la Administración Ferroviaria la colocación de balizas en la línea 1, la protección de los puntos de limitación de velocidad preestablecidas".
Con un fragmento de una sentencia de la Audiencia de Valencia de diciembre de 2007 justifica que el análisis de las medidas de seguridad de la línea 1 "deben realizarse con criterios 'ex ante', consecuencia de las obligaciones contraídas, y no 'expost' y como conclusión del siniestro mismo". Además, considera que las distintas cuestiones que plantea el recurrente para pedir la imputación "tienen su cumplida respuesta" en el auto de la sección primera de la Audiencia Provincial de mayo de 2008 y serían "suficientes para rechazar su pretensión, en orden a evitar el principio de seguridad jurídica".