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Si hoy 8 de febrero de 2026 cumplo 18 años ¿puedo votar en las elecciones de Aragón?

Hoy, los aragoneses acuden a las urnas para elegir el próximo presidente de la comunidad. ¿Puedes votar si es hoy tu cumpleaños y haces 18 años?

Imagen de archivo de unas papeletas electorales en una jornada de eleccionesEFE

Ha llegado el día. Hoy, 8 de febrero, se celebran las elecciones de Aragón 2026 tras el adelanto electoral por parte del hasta ahora presidente de la comunidad, Jorge Azcón. Una de las preguntas más repetidas este domingo para los rezagados es la de ¿quién puede votar en las elecciones? Aquí, te presentamos todos los condicionantes en cuanto a los votantes.

En estas elecciones a las Cortes de Aragón, pueden votar todas las personas que tengan la condición política de aragonés, mayores de 18 años, que no estén condenados por sentencia judicial firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho de sufragio, durante el tiempo de cumplimiento de dicha pena, y que estén inscritos/as en el censo electoral.

La condición política de aragonés, conforme al artículo 4 del Estatuto de Autonomía de Aragón, la tienen:

  • Los ciudadanos españoles que tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón o cumplan los requisitos que la legislación pudieran establecer.
  • Los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en Aragón y acrediten esta condición en el correspondiente consulado de España, así como sus descendientes siempre que ostenten la nacionalidad española en la forma que determine la ley.

Por lo tanto, en las elecciones autonómicas pueden votar tanto los aragoneses residentes en España, como los residentes en el extranjero.

¿Puedo votar si cumplo hoy los 18?

La respuesta es , hoy pueden votar todas las personas que tengan o hagan 18 años el día de las elecciones.

¿Dónde votar?

La Oficina del Censo Electoral ha enviado la tarjeta censal a todos los electores residentes en Aragón entre el 12 de enero y el 2 de febrero de 2026. En este documento figuran los datos de inscripción en el censo, así como la mesa electoral, el local asignado y la dirección en la que cada ciudadano debe votar.

En caso de no haber recibido la tarjeta censal o de haberla extraviado, los electores pueden consultar sus datos censales de forma telemática a través de la página web del Instituto Nacional de Estadística, siempre que dispongan de las credenciales necesarias. Para ejercer el derecho al voto, basta con acudir al colegio electoral correspondiente dentro del horario establecido. Los colegios electorales abrirán a las 9.00 horas para la votación presencial, y será imprescindible presentar la documentación identificativa en regla.

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