Sentencia ERE
El expresidente de la Junta de Andalucía tiene orden de entrar en prisión antes de 10 días, pero ha pedido a la Audiencia de Sevilla un aplazamiento.
José Antonio Griñán intenta ganar tiempo. Pide a la Audiencia de Sevilla que aplace tres meses su ingreso en prisión. El Tribunal le ha dado 10 días para ir a la cárcel. El expresidente de la Junta de Andalucía, está condenado a 6 años y dos días. Con el plazo de 3 meses, la defensa cree que "el Tribunal Supremo tendría tiempo para decidir sobre la suspensión de la ejecución allí solicitada".
La Fiscalía ordenó el martes al expresidente de la Junta de Andalucía y a otros 7 condenados por el caso de los ERE su ingreso en prisión en un plazo máximo de 10 días. Esta petición de aplazamiento por parte de Griñán constituye un recurso de Súplica. En su escrito, el abogado ha pedido "un plazo prudencial mayor que el de diez días acordado".
La defensa propone también "dirigir oficios al Gobierno de la nación y a la Sección Primera de la Sala Segunda del Tribunal Supremo interesándoles que remuevan los obstáculos que impidan la más ágil tramitación de sendos expedientes en tanto afectan al curso ordinario de la ejecución de una sentencia". Añaden que no atender a esta petición puede causar "graves daños irreparables".
A la espera de la resolución del indulto
Lo que pretende el expresidente andaluz con el recurso de súplica es no entrar en prisión a la espera de que se produzca un posible indulto que su familia solicitó. De esta manera, la defensa incide en su escrito en los criterios de "prudencia y justicia". "Es innegable que si fuera concedido el indulto parcial o estimada la cuestión de nulidad por la que se interesa la reducción de la pena a dos años, el ingreso en prisión que se ordena resultaría fallido, indebido o improcedente, es decir, innecesario", argumentan. Recuerdan que la petición de indulto parcial solicitada por la familia respondía a "razones humanitarias y de equidad".
En el escrito también se detalla que dos magistradas del Supremo defendieron con sus votos particulares "la inexistencia del delito que lleva aparejada la privación de libertad". "En un procedimiento que se ha dilatado más de una década, por no esperar apenas unos meses, se hubiera forzado el ingreso en prisión de un septuagenario de 76 años, que resultara a la postre indebido", reflexiona la defensa para concluir su petición.