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La Fiscalía del Supremo se opone a suspender la condena del exdiputado Alberto Rodríguez

Alberto Rodríguez no podrá presentarse a cargos públicos durante un mes y quince días.

El ya exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez en una imagen de archivoEfe

El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez envió un escrito a la Junta Electoral Central con la finalidad de que se aclaren las fechas de cumplimiento de la pena que se le impuso. Rodríguez fue condenado a pena de prisión de un mes y quince días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad en una manifestación en 2014 con la atenuante de dilaciones indebidas. El exdiputado "no podrá concurrir como candidato a procesos electorales durante el periodo de duración de la pena impuesta en dicha sentencia" se recuerda en el escrito, es el motivo por el que quieren saber las fechas.

Una multa de 540 euros

En la sentencia, el Alto Tribunal sustituyó la pena de prisión por la pena de multa de 90 días con una cuota diaria de 6 euros, que son un total de 540 euros. Esta multa ya ha sido abonada y, además. ha perdido su escaño. Acerca de la ejecución de la sentencia, la Fiscalía explica que esto "significa única y exclusivamente que durante el tiempo de un mes y quince días que se fije en tal liquidación, Rodríguez no podrá presentarse a cargos públicos. Ni más, ni menos". El escaño no ha sido ocupado por el momento.

Pierde el escaño

Rodríguez pierde el escaño porque, según explican, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General dice en su artículo 6 que los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad en el período que dure la pena son inelegibles.

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