Procés
Consideran que es posible condenar a los líderes independentistas con el nuevo delito, que implica una pena mayo que la desobediencia
Los fiscales del 'procés' han recurrido este martes el auto dictado la semana pasada por el magistrado del Tribunal Supremo (TS)Pablo Llarena para que procese a los encausados rebeldes, el ex presidente catalán Carles Puigdemont y los ex consejeros Toni Comín y Clara Ponsatí, por el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, en lugar del de desobediencia con el que el instructor optó por sustituir la sedición, derogada por la última reforma penal.
En su escrito, los fiscales piden al juez Llarena incluir en las órdenes de detención e ingreso en prisión el tipo penal de desórdenes públicos del artículo 557.1 y 2 Código Penal respecto a Puigdemont, Comín y Ponsatí, "en la medida en que restringe el futuro enjuiciamiento de los mismos por algunos de los hechos recogidos en el auto de procesamiento en el caso de que sean entregados", informa 'Europa Press'.
Para los fiscales, "los hechos constituyen un delito de desórdenes públicos porque se cumplen todos los elementos típicos del artículo 557.2 CP: actuación en grupo, fin de atentar contra la paz pública, incumplimiento de resoluciones judiciales y realización de actos típicos de violencia, intimidación, obstaculización de vías públicas con riesgo personal o invasión de edificios alterando sus servicios esenciales", añade el citado medio.
La Fiscalía interpreta que "la derogación del delito de sedición, que abarcaba un desvalor de la acción y un injusto típico mucho más amplio, no impide aplicar el delito del artículo 557.2 CP y el de desobediencia".
El juez Llarena explicó que no es que los sediciosos hayan visto rebajadas sus penas "sino que se ha derogado y resulta actualmente inexistente". Por ello, su conducta no "puede ser enjuiciada conforme a ninguno de los tipos penales de desorden público vigentes en 2017" cuando se produjeron los hechos.
Los fiscales tienen el visto bueno del fiscal general del Estado
Los fiscales disponen del visto bueno del fiscal general del Estado, Álvaro García. Insisten en que a Puigdemont y a los exconsellers se les debe aplicar el delito de desórdenes públicos por participar en la organización del 1-O.
"Y los comportamientos del día 1 de octubre implicaron el uso de fuerza suficiente para neutralizar a los agentes de policía que legítimamente trataban de impedir la votación, según venían obligados por expreso mandato judicial. Se perseguía así abortar el cumplimiento de las órdenes de la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y del Tribunal Constitucional. Y todo ello con una trascendencia que rebasaba con mucho los límites de una laxa interpretación del concepto de orden público, para incidir en el núcleo esencial de ese bien desde una perspectiva constitucional", señalan en el escrito.