SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DEBE PROPONER UN CANDIDATO
La ronda de contactos que el Rey Felipe VI ha iniciado esta lunes tiene como base el artículo 99 de la Constitución. En su punto primero dice que el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con presencia parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
En el artículo 99.4 de la Constitución se dice que si una vez efectuadas las citadas votaciones, no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores. Sin embargo, la Carta Magna no espefica cuántas propuestas, sólo dice "sucesivas propuestas", por lo que la decisión la tomaría el Rey.
Por otra parte, en el artículo 56.1 se explica que es el Rey quien debe arbitrar y moderar el funcionamiento regular de las instituciones, aunque esto es discutible, pues no se establece cuál es el margen que tiene Felipe VI para actuar.
De momento, todo apunta a que el Rey propondrá a Rajoy como candidato a la Presidencia del Gobierno, a pesar de no tener apoyos.