COMETIDO HACE 22 AÑOS
La Audiencia Nacional ha condenado al etarra Félix Alberto López de Lacalle Gauna, "Mobutu", a 81 años de prisión por el asesinato de tres guardias civiles en una prueba ciclista en octubre de 1980 en Salvatierra (Álava), hechos por los que el pasado 19 de abril fue juzgado por primera vez en España.
En la sentencia, la sección tercera de este tribunal considera probado que el 4 de octubre de 1980 "Mobutu" y el resto de los miembros de su comando -entre ellos Ignacio Aracama, "Makario", ya condenado por este atentado- llegaron a Salvatierra una hora antes de que comenzara la carrera y que se acercaron al lugar en el que estaban los agentes.
Una vez allí, el procesado y otros terroristas, "de forma sorpresiva para evitar cualquier reacción defensiva (...), dispararon varias veces sobre los tres guardias civiles -José Vázquez Plata, Avelino Palma Brioa y Ángel Prado Mella- dirigiendo los disparos a la cabeza y el tronco".
Tras el atentado, los etarras huyeron en un Simca 1200 y estuvieron un tiempo ocultos en un caserío "hasta que pudieron escapar, evitando la acción de la Justicia".
Para condenar a "Mobutu", el tribunal ha tenido en cuenta su propia declaración -en la que no reconoció los hechos pero sí admitió su pertenencia a ETA-, así como las que en su día prestaron la dueña del caserío, María Luisa Genetxea Guruzeta, y su hija y exdirigente de ETA Soledad Iparragirre Genetxea, "Anboto".
Ambas admitieron ante la Policía al ser detenidas la participación de "Mobutu" en el atentado y ratificaron luego su declaración ante el juez, por lo que aunque en el juicio intentaron "matizar" sus manifestaciones, el tribunal les da credibilidad.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Díaz Delgado, también ha tenido en cuenta la huella dactilar de "Mobutu" encontrada "en la parte interior de la ventanilla del conductor del vehículo Simca 1200" empleado por los terroristas en su huida.
Además de a la pena de 27 años de prisión por cada uno de los asesinatos, el tribunal condena a López de Lacalle a indemnizar a las familias de dos de los guardias civiles con 390.000 euros y a la del tercero con 270.455 euros.
La sentencia cuenta con el voto particular discrepante de la magistrada Clara Bayarri, que defiende la absolución de "Mobutu" al considerar que las primeras declaraciones de María Luisa Genetxea y Soledad Iparragirre son "absolutamente nulas" porque las hicieron al amparo de la antigua "ley antiterrorista", incomunicadas y sin asistencia letrada.