OPINIONES DIVERSAS SOBRE EL ARTÍCULO 99.2
Lo dijo como si existiera esa posibilidad de aceptar el encargo del rey y luego no presentarse. La Constitución dice que "el candidato propuesto expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara".
Parece imperativo, aunque hay opiniones distintas, y los catedráticos de Derecho Constitucional no se ponen de acuerdo sobre esta pregunta: ¿Si Rajoy ha aceptado el encargo del Rey de formar Gobierno, debe presentarse obligatoriamente a la investidura, tenga apoyos o no?
"En el hipotético caso de que no lo hiciese, y lo digo porque me parece que es grave, sería una burla a la Constitución, una traición a la confianza del Rey", afirma con rotundidad Fernando Álvarez, catedrático de Derecho constitucional.
En parecidos términos se expresa su colega Antonio Torres del Moral, para quien "se trata de un acto formal del Jefe del Estado nombrando a una persona, proponiéndole, como candidato, y no encargándole que haga gestiones por si acaso" puede lograr apoyos.
Por el contrario, otros juristas opinan que Rajoy no tiene la obligación legal de presentarse a una investidura. Dicen que la Constitución solo marca una obligación moral.
"No tiene un carácter realmente imperativo como tal, en el sentido de obligar, porque si obligase, marcaría unos plazos de tiempo", indica Rafael Murillo, también catedrático de Derecho constitucional. Y plazos para una sesión de investidura no hay.
Hasta ahora siempre se había formado gobierno en pocos días tras el encargo del Rey. Cuando más se tardó fue en 1996, Aznar tardó en torno a un mes en lograr su investidura, después de pactar con los nacionalistas.
El otro caso es el más reciente, el de la pasada legislatura. Mariano Rajoy declinó el encargo del Rey y Pedro Sánchez no logró ser presidente.