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Elecciones Cataluña 2024

Elecciones Cataluña 2024: ¿Hasta cuándo puedo votar por correo?

El domingo 12 de mayo se celebran las elecciones de Cataluña 2024. Muchas personas no pueden acudir a las urnas presencialmente y, por tanto, tienen que votar por correo. ¿Hasta cuando se puede hacer?

Voto por correo, imagen de archivoEuropa Press

Cataluña se prepara para abrir los colegios y recibir los votos de las 5.754.840 de personas que están llamadas a las urnas. Elecciones que ya, en su comienzo, han resultado polémicas ya solo por su convocatoria, provocada por la incapacidad de aprobar los presupuestos de Pere Aragonés.

A pesar de los millones de personas que podrán participar en estos comicios, existe un gran porcentaje de catalanes que, debido a que están fuera en esas fechas, no podrán estar de manera presencial en sus respectivos colegios el 12 de mayo de 2024. Por tanto, son muchos los que optan por la opción de voto por correo. Es importante tener en cuenta que esta elección tiene una serie de plazos que no podrás saltarte:

Plazo de voto por correo de las elecciones de Cataluña 2024

Los ciudadanos catalanes podían solicitar el voto por correo desde el pasado 19 de marzo de 2024. Este jueves 2 de mayo, termina ese plazo de solicitud de voto por correo y será el 9 de mayo el último día en el que podrás depositar tu elección a la Generalitat mediante esta vía.

En este caso, Correos ha matizado que los días 16 de abril y 2 de mayo coinciden con los plazos abiertos para la solicitud de voto por correo para las elecciones al Parlamento Europeo, por tanto, se han acordado una serie de medidas para distinguir las solicitudes de ambos procesos.

¿Qué se tiene que hacer para votar por correo?

El proceso de voto por correo comienza con una solitud que, como se ha especificado anteriormente, se debía realizar desde el 19 de marzo hasta el 2 de mayo. Esta solicitud se podía hacer presencialmente (en la oficina de Correos o con un impreso del INE) u online (en la web oficial de Correos).

Una vez que se presenta esta solicitud, será la Oficina del Censo Electoral (OCE), la que la reciba y la que apunte que no se va a votar presencialmente, sino por correo. De esta forma se tendrá en cuenta a la hora de que pasen lista en la Mesa electoral.

Será esta misma oficina la que envíe al domicilio indicado en la solicitud, la siguiente documentación: hoja de instrucciones, papeletas de voto, sobre de voto, certificado de inscripción en el censo electoral y un sobre con la mención "Sr. Presidente o Sra. Presidenta de Mesa electoral". Con esta documentación lo que se tiene que hacer es lo siguiente: elegir una papeleta de la candidatura a la que se quiera optar. Introducir esta papeleta en el sobre de votación y cerrarlo bien. Este sobre, a su vez, se introduce en el sobre dirigido a la presidencia de la Mesa, junto con el certificado de inscripción en el censo electoral. Posteriormente se cierra el sobre y se envía a la Mesa (esto lo hace Correos, de forma gratuita y sin necesidad de franqueo).

Es importante que sepas que podrás saber el estado de envío de tu voto a través de la web del Instituto Nacional de Estadística. Concretamente, en la parte superior, en el apartado 'Sede Electrónica', podrás buscar "estado de voto por correo" y "consulta del estado de tramitación de las solicitudes de voto por correo". Solo tendrás que especificar el número y letra de DNI, pasaporte o tarjeta de residencia y fecha de nacimiento.

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