Elecciones Aragón
La ley contempla sanciones económicas e incluso penas de prisión si no se justifica la ausencia.
Más de un millón de ciudadanos están llamados a participar hoy 8 de febrero en las elecciones autonómicas de Aragón, las primeras anticipadas en la historia de la comunidad. El adelanto fue anunciado a mediados de diciembre por el presidente autonómico, Jorge Azcón, tras constatar la imposibilidad de aprobar nuevos presupuestos y en un contexto de ruptura política con Vox. "Los aragoneses van a tener la oportunidad de expresar alto y claro cuál es el futuro que quieren para nuestra tierra", defendió entonces el dirigente popular.
Llegada la jornada electoral, todavía hoy hay dudas sobre las obligaciones legales de quienes han sido designados, especialmente en el caso de los suplentes.
La normativa establece que tanto titulares como suplentes están obligados a presentarse el día de la votación, salvo que exista una causa debidamente justificada. Las excusas válidas están recogidas en la legislación electoral y publicadas en el Boletín Oficial del Estado.
Entre las causas personales figuran la edad, los mayores de 70 años no entran en el sorteo y los de entre 65 y 70 pueden renunciar voluntariamente, la discapacidad reconocida, la incapacidad permanente absoluta o una baja médica acreditada. También se contemplan supuestos como el embarazo a partir del sexto mes o la situación de permiso por maternidad.
A estas se suman causas familiares, como el cuidado directo de menores de 12 años, personas con discapacidad o lactantes, así como determinados supuestos profesionales, entre ellos la prestación de servicios esenciales, sanitarios o de emergencias, o la responsabilidad directa en informativos durante la jornada electoral.
Quienes no puedan cumplir con la designación han contado con un plazo de siete días desde la notificación oficial para presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona correspondiente.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General es clara respecto a las consecuencias de no acudir sin justificación. Presidentes, vocales titulares y suplentes pueden enfrentarse a penas de prisión de entre tres meses y un año o a multas económicas que van de seis a 24 meses si faltan a la mesa o abandonan sus funciones este domingo 8 de febrero sin causa admitida.
La ley también establece que no recoger la notificación municipal no exime de responsabilidad. En estos casos, la comunicación se considera válida si el nombramiento ha sido publicado oficialmente.
La participación en las mesas electorales forma parte del funcionamiento básico del sistema democrático. En un proceso electoral especialmente relevante por su carácter anticipado, las autoridades recuerdan la importancia de cumplir con esta obligación o, en su caso, justificarla conforme a la ley.
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