Coronavirus
El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado este jueves el real decreto por el que se crea un paquete de ayudas de 11.000 millones de euros para empresas afectadas por la pandemia del coronavirus. Dicho decreto ha sido convalidado con 177 votos a favor, 59 en contra y 113 abstenciones y será tramitado como proyecto de ley con el apoyo de, prácticamente, toda la Cámara.
La mayor parte de estas ayudas, 7.000 millones de euros, serán para pymes y trabajadores autónomos. Asimismo, incluye la concesión de entre 4.000 y 200.000 euros para empresas y autónomos que hayan perdido al menos un 30 % de sus ingresos a causa de la pandemia del coronavirus.
Otros 3.000 millones de euros serán para avales destinados a reestructurar deuda de las empresas, y los 1.000 millones de euros restantes irán para la creación de un fondo de recapitalización para reforzar los balances de empresas medianas que sean viables a medio y largo plazo.
Reforma del Impuesto de Sociedades
También, el Pleno del Congreso ha convalidado y ha aprobado tramitar como proyecto de ley por vía de urgencia este jueves la reforma del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que el pasado 9 de marzo ya fue aprobada en el Consejo de Ministros, para evitar la elusión fiscal en operaciones vinculadas, por dobles deducciones de un mismo gasto.
Su objetivo es la neutralización de los efectos a las 'asimetrías híbridas', que suelen llevar a la elusión fiscal. Asimismo, evitar es que el mismo gasto no pueda ser deducible en dos países al mismo tiempo o que una operación pueda tener la consideración de gasto deducible en un país, pero que en el otro sea considerado un ingreso a efecto de tributación.
¿Qué son las asimetrías híbridas?
El concepto de 'asimetrías híbridas' responde al tratamiento fiscal distinto que tiene una misma operación sobre una sociedad que se ubique en distintos países. Es decir, son aquellas que pueden darse entre un contribuyente situado en España y una entidad vinculada a éste que se encuentre en otro país. Por lo que las operaciones que realizan tendrían diferente calificación fiscal entre ambos países.
Por su parte, la regulación española ya contemplaba algunas medidas en este sentido, en concreto, sobre instrumentos financieros híbridos entre partes vinculadas.