Condena fiscal
Este martes, se ha conocido la condena del Tribunal Supremo a Álvaro García Ortiz por revelación de datos reservados por la filtración del correo del abogado de González Amador y por la nota informativa de Fiscalía.
Dos magistradas de los siete que juzgaron al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, sostienen que tendría que haber sido absuelto al no considerar "suficientes para llegar a un juicio de culpabilidad, sin dudas razonables" los indicios recogidos en la sentencia que le condenó.
De esta manera se desprende de las 52 páginas del voto particular de ambas magistradas al fallo, en el que expresan su discrepancia con el criterio de la mayoría. Señalan que lo procedente debería haber sido acordar la libre absolución del fiscal general del Estado de un delito de revelación de secretos o informaciones.
En concreto, consideran que no ha quedado probado que García Ortiz filtrara a la prensa el correo del día 2 de febrero de 2024 enviado por el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid Isabel Díaz Ayuso, a la Fiscalía de Delitos Económicos, además de que los hechos relatados en la nota informativa publicada por el mismo no constituyen el delito por el que se le condena en la sentencia mayoritaria.
Las magistradas señalan que el análisis racional de los indicios permiten llegar a la conclusión alternativa de que cualquier persona, de las que habrían tenido acceso al correo de 2 de febrero, pudo filtrarlo a la prensa, tal y como ocurrió con el expediente tributario y la denuncia.
El Tribunal Supremo ha sentenciado que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, "no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito", señalando que en este caso la revelación de secretos contra Alberto González Amador lo fue tanto por la filtración a los medios del email donde el empresario se ofrecía a confesar como por la publicación de la nota de prensa que lo mencionaba.
Ha sido este martes cuando se ha conocido la sentencia, casi tres semanas después de que el tribunal que juzgó a García Ortiz adelantara el fallo por el que acordó condenarle a dos años de inhabilitación para el cargo y multa de 7.200 euros, así como a indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales.
El texto considera que existe un "cuadro probatorio sólido, coherente y concluyente" para considerar que fue García Ortiz o una persona de su entorno y con su conocimiento quien filtró la noche del 13 de marzo a la 'Cadena SER' el correo enviado el 2 de febrero de ese año por el abogado de González Amador a Fiscalía para ofrecer que su cliente reconociera los dos delitos fiscales por los que se le investigaba a cambio de eludir la cárcel.