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Cabra desfile militar

¿Desaparecerá la cabra de la Legión del desfile de la Fiesta Nacional por la Ley de Protección Animal?

La nueva ley no prohíbe, sino que regula en todo momento el bienestar del animal.

¿Desaparecerá la cabra de la Legión del desfile de la Fiesta Nacional por la Ley de Protección Animal?EFE

Mucho se está hablando estos días sobre la nueva ley de protección animal impulsada por el Gobierno, y hoy día de la Hispanidad, la cabra que pasea cada año por por la castellana en el desfile militar toma una relevancia importante.

En las redes sociales muchos de los usuarios se están preguntando si será el último desfile de la cabra de la Legión, la respuesta es no. La nueva ley no prohíbe, sino que regula el bienestar del animal.

Ejemplos

Por ejemplo, si un legionario se montara encima de la cabra, o si la cabra tuviese que tirar de un tanque o estuviese expuesta a temperaturas extremas de calor o de frío estaría perjudicando el bienestar del animal, pero si esta va paseando por el desfile tranquilamente con uno de los legionarios, no supondría ningún tipo de maltrato y por lo tanto la cabra de la legión podría desfilar año tras año sin ningún problema.

Otro ejemplo, sería poner en una cabalgata de Reyes a un perro que no sea de tiro a tirar de un trineo, por ejemplo a un labrador, ya que perjudicaría el bienestar del animal, en este caso la raza más acertada sería un husky siberiano.

En el Rocío, no se prohíben las carretas, pero si un caballo está tirando 24 horas sin descanso, con temperaturas de 40 grados y sin agua, se intervendrá para garantizar que el animal descanse y tenga sus derechos como beber agua y no estar expuesto a altas temperaturas.

5 obligaciones de la nueva Ley Animal

La nueva ley garantiza que los animales dejen de ser tratados como cosas, estas son 5 obligaciones que especifica la ley:

  • Mantener a las mascotas integradas en el núcleo familiar, en buen estado de limpieza e higiene.
  • Los animales que, por razones de bienestar, tamaño o características de su especie, no puedan convivir en el núcleo familiar, deberán disponer de un alojamiento adecuado, con habitáculos acordes a sus dimensiones y que los protejan de las inclemencias del tiempo, en buenas condiciones de esmero y pulcritud, de forma que se facilite un ambiente en el que puedan desarrollar las características propias de su especie y raza; en el caso de animales gregarios en ningún caso podrán mantenerse aislados del ser humano u otros animales, y se les procurará la compañía que precisen.
  • No dejarlos en ningún momento dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones meteorológicas que puedan poner su vida en peligro.
  • Los animales de compañía no podrán permanecer atados ni podrán deambular por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento.
  • Evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de otras personas, como fachadas, puertas o entradas a establecimientos, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza de aquéllos con productos biodegradables.

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